lunes, septiembre 22, 2014

Aprueban Directiva que regula presentación electrónica de parte notarial con firma digital

En el Perú, Por Resolución del Superintendente Nacional de Registros Públicos  Nº 234-2014-SUNARP/SN , publicada el 19 de Setiembre de 2014, se ha aprobado la Directiva Nº 004-2014-SUNARP/SN. Esta norma se da en el contexto de que SUNARP ha sido designada como entidad responsable de administrar el Sistema de Constitución de Empresas en Linea.  Por la importancia y actualidad de la norma publicamos esta breve reseña.
Objeto y Finalidad de la Directiva
La Directiva tiene por objeto regular el procedimiento en la presentación electrónica e inscripción del parte notarial con firma digital, dentro del marco de la ley de firmas y certificados digitales y su reglamento. 
La presentación electrónica del parte notarial con firma digital dentro del marco de Infraestructura Oficial de Firma Electrónica (IOFE), constituyen una herramienta tecnológica de la información con la finalidad de eliminar el uso de soporte papel dentro del procedimiento de inscripción digital, garantizando la integridad y autenticidad de dicho instrumento.
Contenido de la Directiva
El Contenido de la Directiva es el siguiente: I. Objeto. II. Finalidad. III. Base Legal. IV. Alcance. V. Disposiciones Generales. Donde se definen y regulan los instrumentos técnicos registrales que componen la plataforma de servicio del parte notarial con firma digital dentro de la IOFE. VI. Disposiciones Especificas. Se definen y regulan los instrumentos técnico registrales del modulo notario y modulo registro para la emisión del parte notarial electrónico con firma digital, así como la anotación, el asiento o esquela generados en el marco de la IOFE. VII. Disposiciones Complementarias. La Plataforma de servicios a través de los módulos notario y registro permitirán la presentación electrónica del parte notarial cuyo acto es la constitución de empresa. Para tal efecto, se ha dispuesto de una aplicación denominada "Modulo del ciudadano" dirigido al usuario del servicio notarial. VIII. Responsabilidad.
Comentarios
La Directiva aprobada se aplicara progresivamente. En el caso de la Oficina Registral de Lima se aplicará a partir de los treinta días calendarios siguientes a su publicación, es decir el lunes 20 de Octubre de 2014. En el marco del sistema de intermediación digital (SID-SUNARP) y con el uso del aplicativo respectivo, el notario remitirá el titulo respectivo al domicilio electrónico de la SUNARP. Por otra parte, el módulo notario "es la aplicación que permite revisar, validar e incorporar la información brindada por el ciudadano con la finalidad de generar el parte notarial electrónico, la firma digital del notario y el envío la domicilio electrónico de la SUNARP". Asimismo, el modulo registro "permite el ingreso del titulo para la calificación del  registrador, dentro del sistema de información registral de la SUNARP (SIR-SUNARP). Finalmente, el modulo ciudadano permite el ingreso de información a través de campos estructurados vinculados al acto de constitución de empresas, generando un formato de estatuto que sera enviado al notario elegido por el ciudadano y que se encuentra suscrito a la plataforma de servicios, para la respectiva formalización del acto. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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martes, septiembre 16, 2014

Designan Entidad responsable de administrar el Sistema de Constitución de Empresas en Linea

En el Perú, por Decreto Supremo Nº 007-2014-JUS publicado el 13 de Setiembre de 2014 se ha encargado a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP la administración del Sistema de Constitución de Empresas en Linea como el sistema oficial para la constitución de empresas en linea a nivel nacional. Por su importancia y actualidad publicamos esta breve reseña al respecto en el presente Blog Académico.
Antecedentes
Las normas que establecen el uso de la Ventanilla Única del Estado a través del Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas, crean el Sistema Integrado de Servicios Públicos Virtuales (SISEV), el cual comprende el servicio de constitución de empresas en linea incluyendo tanto la inscripción en los Registros Públicos, como la emisión del correspondiente Registro Único de Contribuyentes (RUC). Las normas, asimismo, precisaban que el servicio para la constitución de empresas a través del SISEV se refiere a la constitución de pequeñas empresas y micro empresas. Posteriormente, la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial establece la necesidad de implementar un sistema de constitución de empresas en linea que permita que el  tramite concluya en un plazo no mayor de setenta idos (72) horas.
Motivación de la norma
En los considerandos se señala: " Que, en el marco de fomentar la promoción e implementaciòn  de políticas de mejora del clima de negocios para el país, se requiere optimizar el servicio de constitución en linea con el objetivo de reducir los tiempos y proveer un servicio idóneo, eficiente y oportuno para el ciudadano".
Del alcance del Servicio
Se precisa que el Sistema de Constitución de Empresas en Linea a nivel nacional se empleara en una primera etapa para la constitución de las Micro y Pequeñas empresas, en concordancia con la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial. 
Posteriormente, la SUNARP mediante Resolución de Superintendencia Nacional dispondrá la ampliación progresiva del servicio de constitución de empresas en linea para las demás formas societarias y empresariales, teniendo en cuenta aquellas de mayor impacto para la colectividad en general.
Facultad normativa y de coordinación
La norma en comentario establece que la SUNARP dictará las disposiciones correspondientes que regulen el uso del Sistema de Constitución de Empresas en Linea a nivel nacional y adoptara las acciones para ampliar su cobertura a nivel nacional.  Asimismo, la norma precisa que la SUNARP efectuara las coordinaciones necesarias con las entidades de la Administración Publica cuya participación sea necesaria para dar cumplimiento a lo normado.
Comentarios
En la norma en comentario se ha designado a SUNARP como entidad responsable de administrar el Sistema de Constitución de Empresas en Linea, con la finalidad de dar impulso a este sistema y en forma progresiva ampliarlo a las distintas formas societarias y empresariales, lo que consideramos que es positivo e importante. Cordialmente, Dr. Julio Nùñez Ponce, Experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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lunes, septiembre 01, 2014

Conferencia "Ley de Protección de Datos Personales y Reglamento: Aspectos Fundamentales y Aplicación"

El sábado 06 de Setiembre de 2014, a las 19:00 se va a llevar a cabo la Conferencia "Ley de Protección de Datos Personales y Reglamento: Aspectos Fundamentales y Aplicación" en la Universidad La Salle de Arequipa, Perú. Por la actualidad e importancia del tema, hacemos esta breve reseña sobre este evento.
Conferencia sobre Ley de Protección de Datos Personales
El día 06 de Setiembre de 2014 a las 19:00,  Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático y Especialista Legal en Protección de Datos Personales, Profesor de Derecho Informático en la Universidad ESAN, en la UNIFE y en la Academia de la Magistratura, dictó una Conferencia sobre la "Ley de Protección de Datos Personales y Reglamento: Aspectos Fundamentales y Aplicación" en el Auditorio de la Universidad La Salle de Arequipa, Perú.
Datos Personales
Son datos personales "toda información sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable a través de medios que pueden ser razonablemente utilizados".
Objetivo
El objetivo de la Conferencia fue dar a conocer los aspectos fundamentales de la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, incidiendo en su objeto, ámbito de aplicación, los principios rectores, derechos, normas aplicables al tratamiento de datos personales, infracciones y sanciones.
Ámbito de Aplicación
La Ley es de aplicación a los datos personales contenidos o destinados a ser contenidos en banco de datos personales de administración pública y de administración privada , cuyo tratamiento se realiza en territorio nacional. Son objeto de especial protección los datos sensibles.
Banco de Datos Personales
El  Banco de Datos Personales es un "conjunto organizado de datos personales, automatizado o no, independientemente del soporte , sea éste sea físico, magnético, digital, óptico, u otros que se creen, cualquiera sea la forma o modalidad de su creación, formación, almacenamiento, organización y acceso".
Dictado de la Conferencia
El día 06 de setiembre a las 19:00,  hubo interés y asistencia significativa en la Conferencia "Ley de Protección de Datos Personales: Aspectos Fundamentales y aplicación". Agradecemos al Presidente de la Comisión Organizadora, a la Directora de Proyección y Difusión Cultural, a los Hermanos de La Salle,  por la cordial invitación y hospitalidad en la realización de esta importante Conferencia.
Asimismo, debemos resaltar el interés y participación de los asistentes, las preguntas formuladas y la cordialidad lasallista presente en este evento académico.
La conferencia trató de aspectos fundamentales como son el objeto de la ley, el ámbito de aplicación, los principios rectores y los derechos de los titulares y en temas de aplicación como los avances en el registro nacional de protección de datos personales, información sobre las infracciones y sanciones que establece la ley.
Comentarios  
El tema de protección de datos personales es de actualidad e importancia en el campo jurídico informático. Como experto en derecho informático, especialista legal en protección de datos personales, antiguo alumno lasallano,  fue una especial oportunidad de informar y orientar en los aspectos fundamentales y aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales y su reglamento. Felicitamos a los organizadores del evento y confiamos que las actividades que realiza la Universidad La Salle siempre serán un éxito. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático, Profesor Universitario.Email: julionunezponce@gmail.com

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