miércoles, enero 31, 2007

Exponen sobre Contratos Informáticos en Internet en curso de Derecho Informático

En el curso de Derecho Informático, dictado por el Dr. Julio Núñez Ponce, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima, el Grupo 2 conformado por: María Cristina Doig, Fiorella La Serna, Mario Monroy, José Toranzos expuso el día miércoles 31 de Enero de 2007, en el salón de clase el tema de Contratos Informáticos en Internet.
Contenido de la Exposición:
El contenido de la exposición, en forma esquemática es el siguiente:
- Algunas distinciones (contratos electrónicos, contratos informáticos, contratos telemáticos).
- Bienes Intangibles Informáticos.
- Internet.
- ¿Qué se requiere?
- Ventajas.
- Problemas.
- Partes.
- Clasificación.
- Medios de Pago.
- Contrato de licencia de software.
- Contrato de hardware.
- Contrato de Escrow.
- Contrato de suministro de contenidos.
- Contrato de Hosting.
- Contrato de Housing.
- Contrato de Acceso a Internet.
- Contrato celebrado desdes página web.
- Contratos prefeccionados mediante el uso de chat o video conferencia.
- Legislación Nacional.
- Legislación comparada.
Comentarios:
El grupo 2 expuso en forma clara y fundamentada, habiendo recopilado información de interés que incluyó en su presentación en power point. Los alumnos que preguntaron fueron los siguientes: Ana Oblitas, Andrea Medina, Germán Jimenez, Nicole Lukac, Martín la Rosa. Felicitaciones por la exposición y por las preguntas y respuestas. La exposición originó interés en los alumnos que intervienieron con sus preguntas.

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martes, enero 30, 2007

Exponen sobre Ley y Reglamento del Spam en el curso de Derecho Informático


En el curso de Derecho Informático, que dicta el Dr. Julio Núñez Ponce, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima, el Grupo 1 conformado por: Nancy Celis, María del Pilar Mejía, Sarely Núñez, Oscar Siqueiros, Angel Vilcayauri, expusieron sobre la Ley y el Reglamento del Spam. La exposición fue realizada dentro del salón de clase, el día lunes 29 de Enero de 2007.
Contenido de la Exposición
En forma esquemática el contenido de la exposición fue el siguiente:
¿Qué es el Spam?
Cuando es considerado el Spam ilegal.
¿Cómo se envían los spams y cómo evitarlos?
Análisis de la Ley 28493 y su Reglamento, que regula el envío de Correo Electrónico Comercial No solicitado.
Derechos del Receptor.
Régimen Sancionador.
Entidad Competente: Indecopi.
¿Quiénes son considerados responsables?
Derecho a Compensación Pecuniaria.
Comentarios
El grupo expuso en forma clara y ordenada, su presentación tuvo como base el power point que prepararon, el cual fue debidamente sustentado. La exposición duró treinta minutos. Preguntaron en esta exposición, en otros treinta minutos, los siguientes alumnos: Andrea Medina, María Cristina Doig, Luciana García, Germán Jimenez, Ana Oblitas, Carlos Sánchez, Daniella Bragagnini, Nicole Lukac, Blanca Henriquez, César Navarro. Las respuestas que dio el grupo, fueron precisas y pertinentes. El Profesor también formuló tres preguntas. Felicitaciones al grupo que expuso y a los alumnos y alumnas que preguntaron.

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martes, enero 23, 2007

Comentarios a Jurisprudencia Constitucional sobre Hábeas Data y Derecho de Autodeterminación Informativa

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional Peruano precisa, en la jurisprudencia que comentamos, que el proceso de hábeas data "tiene por propósito inmediato tutelar los derechos de acceso a la información pública y el derecho a la autodeterminación informativa".
Información requerida en el presente caso
Lo que se reclama en el presente caso es la entrega de información vinculada al recurrente y que obra en poder de una entidad privada. Vista la pretensión desde la óptica del derecho a la autodeterminación informativa, no resulta viable la demanda pues dicho atributo sólo se circunscribe a garantizar que la información o los datos de la persona no puedan ser utilizados en detrimento de su intimidad. Naturalmente es muy pertinente precisar que aun cuando la autodeterminación informativa suponga, prima facie, conocer los datos de la persona con el fin de actualizarla, incluir, suprimir o rectificar información existente en todo tipo de archivos, sean estos públicos o privados, no existe forma de separar el simple acceso ( o conocmiento de los datos requeridos) de los propósitos o finalidades perseguidas. En el caso de autos es esto especialmente sintomático ya que no existe acreditación que la información requerida por el recurrente pueda ser utilizada por terceros en perjuicio de sus derechos a la intimidad personal y familiar, que es precisamente el objeto del hábeas data (conforme los previsto en la Constitución y el propio Código Procesal Constitucional).
Datos sobre la Jurisprudencia Comentada
La Jurisprudencia comentada tiene los siguientes datos:
Expediente Nº 1052-2006-PHD/TC
Lima
Asunto: Recurso de Agravio Constitucional interpuesto por Andrés A. contra la sentencia emitida por la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 100, su fecha Junio 2005, que declara improcedente la demanda de hábeas data.
Fecha de la Sentencia del TC: 14 de Marzo de 2006.
Comentarios
Esta sentencia del Tribunal Constitucional se resuelve de conformidad con el Código Procesal Constitucional y precisa el ámbito del proceso de hábeas data. Precisa que el derecho de acceso a la información particular como componente de la protección al consumidor y al usuario se protege bajo la vía del proceso de amparo, por lo que procede reconvertir en este caso, el proceso de hábeas data en un proceso de amparo.

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miércoles, enero 17, 2007

Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales a Enero de 2007.

Por Decreto Supremo Nº 004-2007 publicado en el Diario Oficial "EL Peruano" el domingo 14 de Enero de 2007 se ha aprobado el Nuevo Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales que deroga el Reglamento anterior aprobado por D.S. 019-2002-JUS y a su modificatoria aprobada por D.S. 024-2002-JUS.
Entre las novedades que contiene tenemos las siguientes: una variación de la redacción de la definición de firma digital, un régimen de certificación digital en el Sector Público paralelo al que funciona en el sector privado, la Designación del RENIEC como Entidad de Certificación del Estado Peruano (ECERNEP), manteniéndose como Autoridad Administrativa Competente (AAC) a INDECOPI, la regulación del Documento Nacional de Identidad Electrónico, normas específicas sobre almacenamiento digital, cooperación internacional, entre otros temas de interés.
Firma Digital
Se define la firma digital en el artículo 19º del Reglamento, como "aquella firma electrónica que utilizando una técnica de cripografía asimétrica , permite la identificación del signatario y ha sido creada por medios que éste mantiene bajo su control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite garantizar la integridad del contenido y detectar cualquier modificación ulterior".
Certificación Digital en el Sector Público
En el ámbito del Sector Público , las entidades que presten servicios de certificación digital en el marco de la Infrestructura Oficial de Firma Electrónica, son las siguientes:
a) Entidad de Certificación Nacional para el Estado Peruano (ECERNEP), la cual será la encargada de emitir los certificados raíz para las Entidades de Certificación para el Estado Peruano que lo soliciten, además de proponer las políticas y estándares de las ECEP y de las EREP.
b) Entidades de Certificación del Estado Peruano (ECEP).
c) Entidades de Registro y Verificación del Estado Peruan0 (EREP).
Designan a RENIEC como Entidad de Certificación Nacional para el Estado Peruano
En el artículo 34 del Reglamento, se designa al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) como ECERNEP, ECEP y EREP. Felicitaciones desde este blog académico a esta institución por esta designación, estamos convencidos que actuarán con eficiencia y responsabilidad.
Documento Nacional de Identificación Electrónico (DNIe)
El Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) es el Documento Nacional de Identidad que acredita presencial y electrónicamente la identidad personal de su titular, permitiendo la firma electrónica de documentos.
A diferencia de los certificados digitales que pudiesen ser provistos por otras ECEP, el que se incorpora en el DNIe cuenta con la facultad adicional de poder ser utilizado para el ejercicio del voto electrónico en los procesos electrorales, en la medida que esta alternativa estuviese implementada.
Almacenamiento Digital
Los notarios y los fedatarios juramentados con especialización en informática podrán brindar el servicio de almacenamiento digital de documentos. En el caso de las entidades públicas, las oficinas de informática y sistemas o quien haga sus veces serán responsables del archivo digital de la documentación institucional y de su autenticidad.
Cooperación Internacional
Las entidades del Sector Públicos Nacional pueden suscribir acuerdos de cooperación con sus similares a nivel mundial o con instituciones de cooperación internacional, para recibir apoyo, asesoría y financiamiento para el desarrollo de las firmas electrónicas y transacciones electrónicas en general en la Administración Pública.

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lunes, enero 15, 2007

La Importancia del Derecho Informático y el presente Blog Académico

En nuestra sociedad actual, la informática está presente en todas las actividades sociales, económicas y políticas, por lo que su adecuada regulación permite que el derecho esté acorde con la realidad en forma sistemática, coherente e integral. El Derecho Informático estudia la regulación de la actividad informática y como tal, su importancia es creciente y su aplicación cada vez más necesaria.
El presente Blog Académico
Después del descanso vacacional que ha transcurrido desde la quincena de diciembre hasta la quincena de enero del presente año 2007, retomamos la publicación de este blog académico en la especialidad del Derecho Informático. Procuraremos mantener la actualización semanal e invitamos a nuestros alumnos anteriores y actuales, a nuestros amigos, colegas, empresarios y a toda persona interesada, a continuar con el acceso periódico a este medio electrónico académico digital. Bienvenidos.

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