martes, marzo 31, 2009

Primera Clase del Curso de Derecho e Informática

En Lima, Perú, el martes 31 de Marzo de 2009, ha dictado la primera clase del curso de Derecho e Informática el Dr. Julio Núñez Ponce, en la Facultad de Derecho de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón (UNIFE).
Curso de Derecho e Informática
El objetivo general del curso es adquirir los conocimientos de la materia para efectos de poder comprender, delimitar y aplicar el Derecho Informático y la Informática Jurídica Documental, de Gestión y Decisional.
En efecto, el curso fusiona sistémica e integralmente el Derecho Informático y la Informática Jurídica, manteniendo la identidad y rigurosidad del contenido académico de cada una de estas disciplinas. Se busca mostrar a las alumnas en forma integral la relación entre la Informática y el Derecho con la perspectiva de su desarrollo en el Siglo XXI.
Comentarios
La primera clase captó la atención de las alumnas quienes participaron activamente en el desarrollo de la clase en sala de cómputo. Los eventos y Congresos sobre Derecho e Informática se han llevado a cabo desde hace 25 años. Nos cabe el honor de participar en otro hito de la evolución jurídico informática. Felicitamos y agradecemos al Decanato, a la Dirección del Programa y a la Dirección del Departamento de Ciencias Jurídicas, de la Facultad de Derecho de la Universidad del Sagrado Corazón (UNIFE), por el apoyo que permanentemente se nos brinda para el dictado de este curso y el fortalecimiento del Derecho y la Informática en el Perú.

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jueves, marzo 26, 2009

Derecho Informático en la Tributación




En Enero de 2009 se ha publicado el Libro Derecho Tributario: Aspectos Constitucionales, Generales, informático, procesal, arbitral, internacional, ambiental, minero, construcción, penal y aduanero, editado por la Academia Internacional de Derecho Tributario y la Editorial Grijley, en Lima Perú. El libro cuenta con 956 páginas.
Capítulos que contiene
El contenido es el siguiente: Capítulo 1: Derecho Constitucional Tributario. Capítulo 2: Derecho Tributario General. Capítulo 3: Derecho Informático en la Tributación. Capítulo 4: Derecho Internacional Tributario. Capítulo 5: Derecho Procesal Tributario y Arbitraje. Capítulo 6: Derecho Tributario en el Derecho Minero y Construcción. Capítulo 7: Derecho Tributario Ambiental en el ambito nacional, regional y municipal. Capítulo 8: Derecho Penal Tributario. Capítulo 9: Derecho Aduanero.
Derecho Informático en la Tributación
El Capítulo 3: Derecho Informático en la Tributación contiene a su vez, las siguientes ponencias: "Informática y Tributación" del Dr. Julio Núñez Ponce. "El Gobierno Electrónico y la Tributación en el Perú" del Dr. Dante Camus Graham.
El Dr. Julio Núñez Ponce afirma: "El Sistema Tributario Vigente permite la aplicación de las Nuevas Tecnologías... La Informática Jurídica y el Derecho Informático son disciplinas del ámbito jurídico que cada vez más se aplican en forma directa a la tributación. En el contexto de la globalización el uso de la informática aplicada a la tributación es una realidad en todos los países del mundo. En el Perú, su uso se está acrecentando y en concordancia con la Agenda Digital, este uso debe intensificarse en el futuro".
Autores del Libro
Los autores del Libro son los siguientes: Alejandro Altamirano (Argentina), Alejandro Messineo (Argentina), Jacques Malherbe (Bélgica), Paulo de Barros Carvalho (Brasil), Bettina Treiger Grupenmacher (Brasil), Heleno Taveira Torres (Brasil), Eduardo Barrachina Juan (España), Cristóbal J. Borrero Moro (España), José Manuel Calderón Carrero (España), Francisco Escribano (España), César García Novoa (España), Eusebio Gonzales García (España), Juana María López Bermudez (España), Adolfo Martín Jimenez (España), Agostino Ennio La Scala (Italia), Leysser León Hilario (Perú), Fernando Pérez Royo (España), Manuel Requejo Bohórquez (España), Marco García Bueno (México), Gabriela Ríos Granados (México), Ernesto Blume Fortini (Perú), Jorge Bravo Cucci (Perú), Dante Camus Graham (Perú), César Gamba Valega (Perú), Julio Núñez Ponce (Perú), Jorge Picón Gonzales (Perú), Walter Villanueva Gutierrez (Perú), Daniel Yacolca Estares (Perú).
Comentarios
El Coordinador del Comité Editor Dr. Daniel Yacolca Estares afirma: "En este incesante cambio, los tributaristas de hoy deben resolver nuevas situaciones jurídicas inimaginables. La Proyección del Derecho Tributario, históricamente, se renueva con rostro distinto, gracias al conocimiento que emana mayormente de congresos y jornadas tributarias". Las ponencias publicadas fueron expuestas en el I Congreso Internacional de Derecho Tributario: Nuevas Tendencias, que fue desarrollado en Lima en Ocubre de 2008 y que fue materia de comentario en su oportunidad, en este Blog Académico. Felicitamos al Comité Editor y a cada uno de los autores por la calidad y alto nivel académico del contenido y por la excelencia de la presentación.

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jueves, marzo 19, 2009

La Preservación del Patrimonio Digital y la Sociedad de la Información

En el Perú recientemente en Marzo de 2009, la página Web de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico del Perú (ONGEI) publica en su item Normatividad, la Carta de Preservación del Patrimonio Cultural, aprobada por la UNESCO en el año 2003. Dada su importancia y actualidad consideramos necesario hacer un breve acercamiento sobre el tema.
El Patrimonio Digital como herencia común
El patrimonio digital consiste en recursos únicos que son fruto del saber o la expresión de los seres humanos. Comprende recursos de carácter cultural, educativo, científico o administrativo e información técnica, jurídica, médica y de otras clases, que se generan directamente en formato digital o se convierten a éste a partir de material analógico ya existente. Los productos “de origen digital” no existen en otro formato que el electrónico.
Los objetos digitales pueden ser textos, bases de datos, imágenes fijas o en movimiento, grabaciones sonoras, material gráfico, programas informáticos o páginas Web, entre otros muchos formatos posibles dentro de un vasto repertorio de diversidad creciente. A menudo son efímeros, y su conservación requiere un trabajo específico en este sentido en los procesos de producción, mantenimiento y gestión.
Muchos de esos recursos revisten valor e importancia duraderos, y constituyen por ello un patrimonio digno de protección y conservación en beneficio de las generaciones actuales y futuras.
Este legado en constante aumento puede existir en cualquier lengua, cualquier lugar del mundo y cualquier campo de la expresión o el saber humanos.
Acceso al patrimonio digital
El objetivo de la conservación del patrimonio digital es que éste sea accesible para el público. Por consiguiente, el acceso a los elementos del patrimonio digital, especialmente los de dominio público, no debería estar sujeto a requisitos poco razonables. Al mismo tiempo, debería garantizarse la protección de la información delicada o de carácter privado contra cualquier forma de intrusión.
Los Estados Miembros tal vez deseen trabajar en colaboración con las organizaciones e instituciones pertinentes para propiciar un contexto jurídico y práctico que maximice la accesibilidad del patrimonio digital. Convendría reafirmar y promover un justo equilibrio entre los derechos legítimos de los creadores y otros derechohabientes y el interés del público por tener acceso a los elementos del patrimonio digital, de conformidad con las normas y los acuerdos internacionales.
El peligro de pérdida
El patrimonio digital del mundo corre el peligro de perderse para la posteridad. Contribuyen a ello, entre otros factores, la rápida obsolescencia de los equipos y programas informáticos que le dan vida, las incertidumbres existentes en torno a los recursos, la responsabilidad y los métodos para su mantenimiento y conservación y la falta de legislación que ampare estos procesos.
Los cambios en las conductas han ido a la zaga del progreso tecnológico. La evolución de la tecnología digital ha sido tan rápida y onerosa que los gobiernos e instituciones no han podido elaborar estrategias de conservación oportunas y bien fundamentadas. No se ha comprendido en toda su magnitud la amenaza que pesa sobre el potencial económico, social, intelectual y cultural que encierra el patrimonio, sobre el cual se edifica el porvenir.
Comentarios
A seis años de la Carta en Comentario, consideramos que el tema de preservación del patrimonio digital mantiene una permanente actualidad. Desde este Blog Académico felicitamos al ONGEI, por incidir en un tema fundamental. Consideramos que ha habido avances en la legislación y en las políticas aplicables a la sociedad de la información, pero opinamos que estos avances pueden ser perfectibles.

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lunes, marzo 16, 2009

23 años de la Segunda Promoción de Derecho de la Universidad de Lima




Hace 23 años en el mes de Julio de 1986 egresó la Segunda Promoción de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima.
Segunda Promoción de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
Entre los integrantes de la Segunda Promoción tenemos a: Orlando Bertalmio, Luchi Escalante, Silvia Godenzi, Nidia Espinoza, Teresa Gonzales, César Nakasaki, Julio Núñez, Rossana Sala, Fabiola Tello, Katiuska Tomasevich, Lissi Maquilón, Soledad Barreda, Teresa Tokushima, Rolando Sousa, Liliana Patiño, Lorena Nicolini, Ana Escalante, Waldemar Cisneros, Luis Herrera, Liliana Aspíllaga, David Ballesteros.
Los Padrinos fueron el Dr. Carlos Torres y Torres Lara y el Dr. José Antonio Santos Chichizola.
Han pasado 23 años y más de 47 promociones han egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima. Los Decanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima han sido: Dr. Camilo Carillo Gómez. Dr. Alvaro Llona Bernal. Dr. Carlos Torres y Torres Lara. Dr. Augusto Ferrero Costa. Dr. José León Barandiarán Hart. Dr. Luis Cordero Rodriguez. Dr. Oswaldo Hundskopf Exebio. Dr. Víctor García Toma.
Comentarios
Recordar es vivir. Recordar los años universitarios y más aún haber vivido intensamente como : alumno, profesor, graduado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima, nos permite haber conocido toda la evolución y trayectoria de la Facultad. Cualquier comunicación pueden ser realizada a los siguientes correos electrónicos: julionunezponce@gmail.com o jnunez@internetjuridica.com

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viernes, marzo 06, 2009

El uso de las Firmas Digitales en el Reglamento de la Nueva Ley de Notariado

En el Perú, por Decreto Supremo Nº 003-2009-JUS publicado el jueves 05 de Marzo de 2009, se ha aprobado el Reglamento de la la Nueva Ley del Notariado aprobado por Decreto Legislativo Nº 1049. Esta norma contiene disposiciones que facilitan la aplicación de la legislación de firmas y certificados digitales a la función notarial. Dada la importancia del tema, hemos creído conveniente en este Blog Académico hacer una breve reseña de estas disposiciones.
Utilización de la tecnología digital en la función notarial
El Reglamento en comentario establece lo siguiente: " el notario sólo podrá emplear para el ejercicio de sus funciones, firmas y certificados digitales que sean emitidos por la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios o de cualquiera de los colegios de notarios a nivel nacional, de manera directa o en virtud a los convenios que puedan tener celebrados con empresas o instituciones nacionales y/o extranjeras, de conformidad con la ley de la materia".
De las medidas de seguridad
Las medidas de seguridad para la autorización de los registros del colegio de notarios respectivo pueden consistir en sellos de seguridad, firmas manuscritas o elementos tecnológicos, que incluyen, pero no se encuentran limitados, a códigos de seguridad e información encriptada. Estos elementos tecnológicos deben contener cuando menos los datos siguientes: número de registro, fecha y hora, y deberán ser firmados digitalmente por él o los representantes del Colegio de Notarios correspondiente.
La autorización del Registro de Protesto llevado en soporte magnético, deberá ser igualmente solicitada por el notario antes de su utilización, debiendo el colegio de notarios aprobar y llevar un control de tales solicitudes en los que se incluya la fecha de solicitud, descripción del soporte magnético y demás datos que se estime
De la verificación y responsabilidad de los medios electrónicos
La verificación notarial por uso de medios electrónicos, se encuentra referida a la inalterabilidad e integridad del medio electrónico que contiene el traslado notarial.
El Colegio de Notarios establecerá las directivas en virtud de los cuales se generarán los estándares y medidas tecnológicas necesarias para asegurar la integridad e inalterabilidad.
El traslado notarial remitido electrónicamente, será válido siempre y cuando el notario receptor deje constancia de los datos de identificación del notario autorizante de la matriz y del instrumento público remitido. Asimismo, el notario receptor deberá dejar constancia de sus propios datos de identidad y de la fecha de emisión del correspondiente traslado.
La responsabilidad del notario receptor se encuentra limitada al cumplimiento de funciones como destinatario del documento dentro de los estándares de seguridad que regula la ley de firmas y certificados digitales.
Los traslados que sean expedidos en medios magnéticos, no les será aplicable el requisito de rúbrica y sello en cada foja , siempre que se cumplan con los requisitos de la legalización de firmas y certificados digitales.
Comentarios
En el Perú la legislación que facilita la aplicación y uso de la firma digital a la función notarial ha sido complementada con la dación del Reglamento en comentario. Opinamos que el Derecho Informático se está fortaleciendo y su importancia se está acrecentando.

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domingo, marzo 01, 2009

Lectio Divina: Oración Bíblica Lasallana


Recientemente ha sido publicado en la página Web: http://www.lasalle.org/ el libro digital "Leer la realidad a la luz de la palabra: Lectio Divina para los lasallanos" en pdf con 17 páginas.
Contenido
El contenido del Libro Digital es el siguiente:
1.Presentación: H. Álvaro Rodríguez Echeverría, Superior General
2. Introducción
3. Oración bíblica: tema central en la vida de los cristianos
4. Oración bíblica en el Sínodo de los obispos de 2008
5. Oración bíblica: esencialmente lasaliana
6. Lectio divina: una aproximación para individuos y grupos
7. Otras lecturas
Compartir la Palabra
En la Presentación el Hermano Alvaro Rodríguez Echevarría FSC, Superior General, afirma que: "Compartir la Palabra es dejarnos enriquecer mutuamente Hermanos y Seglares compartiendo en oración la Palabra remecida en el fondo de nuestro corazón". También afirma que: "La Palabra de Dios, el misterio de Jesús contemplado en la oración, debe transformarse en palabra vivida y actualizada". San Juan Bautista de la Salle en su libro "Explicación del Método de Oración" nos demuestra que él utilizó la oración biblíca , por tanto esta oración, es esencialmente lasallana y en la actualidad debe ser compartida por la familia lasallana.
Comentarios
Al comenzar la cuaresma, desde este Blog Académico recomendamos leer este libro digital que en forma breve y sencilla explica la oración bíblica en un contexto lasallano.

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