martes, septiembre 28, 2021

Reglamento sobre el Sistema Nacional de Transformación Digital

 En el Perú, por Decreto Supremo 157-2021-PCM, publicado el 25 de Setiembre de 2021, se ha aprobado el Reglamento del Sistema Nacional de Transformación Digital. Por su importancia y actualidad publicamos esta reseña en este Blog Jurídico Digital.

Objeto

El presente Reglamento tiene por objeto regular el Sistema Nacional de Transformación Digital, estableciendo los procesos, mecanismos, procedimientos, normas, medidas e instrumentos para su organización y funcionamiento, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital (en adelante la Ley).

Sistema Nacional de Transformación Digital

El Sistema Nacional de Transformación Digital comprende, de manera no limitativa, las materias de gobierno digital, economía digital, conectividad digital, educación digital, tecnologías digitales, innovación digital, servicios digitales, sociedad digital, ciudadanía e inclusión digital, confianza digital, salud digital, justicia digital, talento digital, comercio electrónico, y todas aquellas materias que tengan un impacto en el proceso de transformación digital del país, conforme al marco legal vigente.

El Sistema Nacional de Transformación Digital se integra, complementa y articula con otros sistemas funcionales y administrativos del Estado para el cumplimiento de sus fines, implementación de políticas públicas y planes, a través de la armonización normativa y desarrollo de iniciativas de carácter colaborativo.

El Sistema Nacional de Transformación Digital articula las acciones e iniciativas de sus integrantes que comprenden a las organizaciones de la sociedad civil, el sector público, la ciudadanía, la academia y el sector privado para impulsar y promover el ejercicio de la ciudadanía digital, la construcción de una sociedad digital y la transformación digital del país.


Ente rector del Sistema

La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, es el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital, dicta las normas, lineamientos, principios, técnicas, instrumentos y establece los procedimientos en materia de transformación digital mediante el cual se organizan y promueven las actividades de los miembros del Sistema. Es responsable de su operación y correcto funcionamiento.

La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, es la autoridad nacional responsable de dirigir, evaluar y supervisar la transformación digital del país, así como ejercer la gobernanza digital del Sistema, a fin de alcanzar los objetivos del país en materia de transformación digital y desarrollo sostenible.

Las normas y procedimientos emitidos en el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital son de carácter obligatorio para las entidades del sector público; y en el caso de las organizaciones del sector privado son de carácter orientador y referencial, salvo que una norma con rango de ley establezca su obligatoriedad.

Asimismo, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital es responsable de solicitar, consolidar y procesar la información de todos los sectores a nivel nacional necesarios para la medición de indicadores internacionales en materia de gobierno digital, economía digital, innovación digital, competitividad digital, datos abiertos, seguridad digital, servicios digitales, educación digital, sociedad digital, ciudadanía e inclusión digital, comercio electrónico, confianza digital, talento digital u otras materias que impacten en el proceso de transformación digital del país, así como también es el punto de contacto en las comunicaciones y coordinaciones con organismos nacionales e internacionales correspondientes encargados de la evaluación o medición de dichos indicadores, sin perjuicio de las competencias de otros sectores.


Principios de la gestión digital

Los principios para la gestión digital en las entidades públicas son:

a) Gobierno como plataforma. Las entidades públicas actúan como una plataforma que permite satisfacer las necesidades de la ciudadanía y personas en general, proporcionando a los servidores civiles los instrumentos, herramientas, datos, información y conocimiento necesarios para la prestación de servicios digitales, procesos y procedimientos centrados en el ciudadano, transparentes, integrados, proactivos e intersectoriales, promoviendo la participación de la ciudadanía y la colaboración entre entidades.

b) Gobierno proactivo. Una gestión proactiva representa la capacidad de las entidades públicas para anticipar las necesidades de las personas y responder a ellas rápidamente.


Procesos para la transformación digital

La transformación digital del Estado peruano se sustenta en el uso de datos, tecnologías digitales o emergentes y desarrollo de los procesos orientados a la creación de valor público, entendimiento de necesidades y mayores niveles de eficiencia, que influyen de manera directa o indirecta, en el bienestar económico y social de los ciudadanos y personas en general, la gestión de las entidades públicas y el desarrollo de una sociedad digital.

16.2 Los procesos que deben ser considerados para la implementación del proceso de transformación digital son:

a) Diseño de servicios y procesos

b) Digitalización de procesos

c) Digitalización de servicios

d) Digitalización de las relaciones con la ciudadanía en general

e) Gobernanza y gestión de datos

f) Gobernanza y gestión de tecnologías digitales

g) Gestión de competencias digitales

h) Gestión del cambio de cultura institucional aplicada a la transformación digital

i) Gestión del cambio cultural y conocimiento

Las entidades públicas implementan los procesos listados en el numeral precedente.

Las empresas y organizaciones del sector privado pueden tomar como referencia los procesos para la transformación digital en cuanto estos les genere valor.

Instrumentos estratégicos del Sistema

Los instrumentos estratégicos del Sistema Nacional de Transformación Digital son un conjunto de herramientas interrelacionadas entre sí que guían, orientan, impulsan y fomentan su actuación, así como también promueven la transformación digital del país.

 Los instrumentos estratégicos del Sistema son:

a) La Política Nacional de Transformación Digital

b) La Estrategias Nacionales para la Transformación Digital

c) El Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital

d) La Red Nacional de Innovadores Digitales

e) El Índice de Innovación Digital

f) El Observatorio Nacional de Ciudadanía Digital

Instrumentos para fortalecer la confianza en el entorno digital

 Los instrumentos para fortalecer la confianza digital, en el marco del Sistema Nacional de Transformación Digital, son:

a) El Centro Nacional de Seguridad Digital, creado mediante el artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 007-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Marco de Confianza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento.

b) El Centro Nacional de Datos, creado mediante el artículo 13 del Decreto de Urgencia Nº 007-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Marco de Confianza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento.

c) El Centro Nacional de Innovación Digital e Inteligencia Artificial.

d) La Infraestructura Oficial de Firma Electrónica creada mediante el artículo 20 del Reglamento de la Ley de Firma y Certificados Digitales, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM.

e) El Registro Nacional de Protección de Datos Personales creado mediante el artículo 34 de la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales.

Las entidades públicas y organizaciones del sector privado, según corresponda, interactúan o usan los instrumentos para fortalecer la confianza digital en el entorno digital conforme lo establecen las normas que las regulan. Asimismo, el Centro Nacional de Innovación Digital e Inteligencia artificial impulsa las acciones para el despliegue y uso de las tecnologías emergentes, en especial la inteligencia artificial, a fin de coadyuvar al fortalecimiento de la seguridad y confianza digital en el país.

Instrumentos tecnológicos para la transformación digital

Los instrumentos tecnológicos son un conjunto de herramientas que buscan impulsar la transformación digital, y son:

a) La Plataforma Nacional de Gobierno Digital creada mediante el artículo 119 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM.

b) La Plataforma Nacional de Gobierno de Datos creada mediante el artículo 120 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM.

c) La Infraestructura de Datos Espaciales del Perú conforme lo previsto en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 325-2007-PCM.

d) La Entidad de Certificación Nacional del Estado Peruano, creada en el artículo 46 del Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM.

e) Los identificadores de objetos para el ámbito nacional bajo la rama {joint-iso-itu-t(2) country(16) pe(604)}, conforme lo previsto en la Vigésima Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM.

f) La Red Nacional del Estado Peruano (REDNACE) creada mediante el artículo 17 de la Ley Nº 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica.

g) La Red Nacional de Investigación y Educación (RNIE) creada en el artículo 25 de la Ley Nº 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica.

 Las entidades públicas publican servicios de información de manera permanente, gratuita, segura y de acceso a consultas ilimitadas en la Plataforma Nacional de Interoperabilidad para fines de gobierno y transformación digital, conforme la normativa específica de cada caso. Asimismo, los instrumentos que se suscriban para dicho fin, tales como los acuerdos de nivel de servicio o similares, especifican la alta disponibilidad y escalabilidad de los referidos servicios.

La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, promueve las acciones correspondientes para el intercambio de datos entre las entidades de la Administración Pública y las organizaciones del sector privado, especialmente con las micro y pequeñas empresas para impulsar la economía digital, atendiendo el marco legal vigente en materia de datos personales, transparencia, gobierno digital y confianza digital. Asimismo, ejerce el rol de Entidad de Certificación Nacional para el Estado Peruano, así como también es responsable de gestionar sus servicios, políticas e instrumentos conforme el marco legal vigente.

Competencias digitales y talento digital

La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, coordina con los actores nacionales e internacionales la identificación de las actuales y futuras competencias digitales necesarias para el adecuado desarrollo de la ciudadanía en el entorno digital. Asimismo, coordina la realización de iniciativas para fomentar el desarrollo de las competencias digitales y alfabetización digital de la ciudadanía, así como la formación de talento digital en el marco de la Estrategia Nacional de Talento Digital que incluye promover el aprendizaje de materias y tópicos vinculados de manera no limitativa con la innovación digital, ciencia de datos, interoperabilidad, seguridad digital y transformación digital para la mejora de la empleabilidad y competitividad en el país, el entrenamiento a la ciudadanía para el uso y aprovechamiento de las tecnologías digitales, así como el fomento del desarrollo de la competencia digital docente, además del personal de las instituciones educativas en la apropiación de tecnologías digitales para el potenciamiento de las prácticas educativas.

La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través del Programa Nacional de Telecomunicaciones (PRONATEL), y el Ministerio de Educación articulan acciones para promover la implementación de los Centros de Acceso Público, tales como, Centros de Ciudadanía Digital, Centros de Acceso Digital, Espacios Públicos de Acceso Digital o similares, así como para impulsar el desarrollo de la alfabetización digital, el talento digital y la inclusión digital en el país. Los referidos centros conforman la Red Nacional de Centros de Acceso y Ciudadanía Digital para la promoción e intercambio de contenidos digitales.

 Asimismo, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, mediante los mecanismos de articulación para la transformación digital, coordina con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la priorización y promoción de acciones e iniciativas para impulsar el desarrollo de competencias digitales, inclusión digital, talento digital y mayor participación en el entorno digital de la mujer, poblaciones vulnerables y personas en situación de discapacidad.

Plataforma Nacional de Talento Digital

Créase la Plataforma Nacional de Talento Digital como la plataforma digital para impulsar el desarrollo de contenidos en materia de seguridad digital, identidad digital, confianza digital, gobernanza en Internet, transformación digital, desarrollo de plataformas, servicios y soluciones digitales o similares, que contribuyan al desarrollo de las competencias digitales para el adecuado ejercicio de la ciudadanía digital. La referida plataforma es administrada por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital.


Plataforma FIRMA PERÚ y reconocimiento de servicios de certificación digital

La Plataforma Nacional de Firma Digital (FIRMA PERÚ), creada mediante el artículo 91 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, puede ser utilizada como software de firma digital sin encontrarse acreditada como tal ante la Autoridad Administrativa Competente (AAC), hasta el 31 de diciembre del 2023, y conforme lo dispuesto en el referido Decreto Supremo. En dicho periodo la Presidencia del Consejo de Ministros concluye su proceso de acreditación ante la AAC. Las firmas digitales generadas con la Plataforma FIRMA PERÚ dentro este período gozarán de todas las presunciones legales establecidas en el artículo 8 del Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM y modificatorias, así como, los efectos jurídicos que corresponde para los fines de los artículos 4 y 43 del referido Reglamento.

Asimismo, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) puede prestar sus servicios como Entidad de Certificación para el Estado Peruano (ECEP) y Prestador de Servicios de Valor Añadido (modalidad de sellado de tiempo) sin encontrarse acreditada como tal ante la Autoridad Administrativa Competente (AAC), hasta el 31 de diciembre de 2023. En dicho periodo la ONPE concluye su proceso de acreditación ante la AAC.

La AAC de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica (IOFE) incorpora en el Registro Oficial de Prestadores de Servicio de Certificación Digital a la ONPE y a las entidades reconocidas en la Décimo Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30926, Ley que Fortalece la Interoperabilidad en el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 145-2021-PCM, en la modalidad de entidades reconocidas. Todos los certificados digitales a emitirse por las ECEP acreditadas o reconocidas oficialmente son distribuidos a través de las Entidades de Registro o Verificación del Estado Peruano (EREP) que cuenten con acreditación o reconocimiento vigente, para lo cual las ECEP acreditadas o reconocidas pueden vincularse con cualquier EREP acreditada o reconocida.

Comentarios

La Política de Estado del Acuerdo Nacional Nº 35 “Sociedad de la Información y Sociedad del Conocimiento”, señala, entre otros aspectos, que el Estado promoverá, a través de la educación, la inclusión y alfabetización digital para reducir las brechas existentes y generar igualdad de oportunidades; fomentará la modernización del Estado, mediante el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), con un enfoque descentralista, planificador e integral; y, promoverá la productividad y competitividad del país mediante el uso de las TIC en los sectores productivos e impulsará una industria de las TIC. Esta norma busca fortalecer el Ecosistema digital, que es un sistema caracterizado por el despliegue y adopción masiva de las tecnologías digitales que conllevan a una transformación en la producción de bienes y servicios digitales de valor para las personas y el mercado. Se compone de la infraestructura de redes de banda ancha, dispositivos y plataformas digitales, personas, empresas, servicios y contenidos digitales, capacidad de innovación y marco regulatorio, interrelacionados entre sí para promover la transformación digital de los procesos productivos y las actividades económicas y sociales para el desarrollo sostenible del país. Cordialmente, Dr. Julio Nuñez Ponce. Doctor en Derecho. Experto en Derecho de las Nuevas Tecnologías. Profesor Universitario.

Etiquetas: , ,

sábado, septiembre 18, 2021

Directiva que regula uso del Código de Verificación Digital en las Entidades de la Administración Pública

 En el Perú, por Resolución de Gobierno a Transformación Digital 002-2021-PCM/SGTD, publicada el 17 de setiembre de 2021, se ha aprobado la Directiva 002-2021-PCM-SGTD que regula la generación y el uso del Código de Verificación Digital en las Entidades de la Administración Publica. Por su importancia y actualidad publicamos la presente reseña  en el presente Blog Jurídico Digital.

Objeto

Regular el uso del código de verificación digital en la generación de representaciones imprimibles y la verificación de representaciones impresas , de conformidad a los establecido en los articulos 36 y 37 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital. Establecer las disposiciones y la glosa de la representación imprmible en todas las entidades de la Administración Pública.

Finalidad

Contribuir en la prestación de servicios digitales de manera segura e interoperable, mediante la verificación de la autenticidad de las representaciones impresas o imprimibles generados por las entidades públicas , que coadyuven a la satisfacción plena y generación de confianza de los ciudadanos y personas en general en el entorno digital.

Código de Verificación Digital (CVD)

El CVD es una secuencia lógica de dieciséis (16) dígitos que permite verificar la autenticidad  de una representación impresa mediante el cotejo con una representación imprimible localizada en la sede digital de la entidad.

Firma Digital de la representación imprimible

La representación imprimible es firmada con un servicio de firma digital de agente automatizado que utiliza certificado digital , con validez no menor a un año , cuya titularidad recae en la entidad pública que emite la representación imprimible . Para implementar este servicio las entidades comprendidas en el alcance pueden utilizar la Plataforma Nacional de Firma Digital (Plataforma FIRMA PERU).

Comentarios

La representación imprimible es generada cuando una entidad requiera remitir a un ciudadano, empresa privada o persona en general un documento electrónico que pueda ser impreso en soporte papel a solicitud expresa de éste. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce. Doctor en Derecho y Ciencia Política. Experto en Derecho de las Nuevas Tecnologías. Profesor Universitario. Email para contactos académicos: julionunezponce@gmail.com . Contactos profesionales y de consultoria: nunezdigitallaw@gmail.com 

Etiquetas: , , ,

viernes, septiembre 03, 2021

Libro "Reflexiones Constitucionales en el Bicentenario" y artículo "Derecho de Acceso a Internet en la Constitución".

 Recientemente el Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del Tribunal Constitucional del Perú, ha publicado el Libro "Reflexiones Constitucionales sobre el Bicentenario: significado, importancia y retos en la forja del Estado Constitucional Peruano". En esta obra colectiva se ha incluido un aporte del Dr. Julio Núñez Ponce: "Derecho de Acceso a Internet como derecho fundamental en la Constitución y los Servicios Públicos Digitales". Por su importancia y actualidad publicamos esta reseña en este Blog Juridico Digital.

Libro "Reflexiones Constitucionales sobre el Bicentenario"

El Centro de Estudios Constitucionales (CEC) ha publicado el libro "Reflexiones Constitucionales sobre el Bicentenario". En la presentación el Dr. Ernesto Blume Fortini, Director del CEC,  afirma: " El Centro de Estudios Constitucionales,... ha optado por promover el presente colectivo, con el ánimo de invitar al debate más abierto y constructivo. Se busca con el contenido de esta obra recoger los aportes de un nutrido grupo de académicos peruanos,
en la lógica de reflexionar sobre las impresiones que nos pueda suscitar el balance de lo vivido y las inquietudes que el mismo nos pueda despertar".
.
"A fin de que se pueda contar con el mayor número de colaboraciones se ha procurado que las mismas sean lo más breves posibles, pero al mismo tiempo lo suficientemente plurales en panorama como para que nadie pueda considerarse excluido de argumentar en pro de su propio parecer. Estamos convencidos que es con una visión amplia que pueden concebirse los mejores aportes en la búsqueda de las respuestas a los dilemas que nos plantea nuestra realidad actual".
Entre las contribuciones publicadas, mencionamos las siguientes: Carlos Blancas Bustamante: "Reflexiones sobre el Bicentenario", Carlos Hakansson Nieto: "Doscientos  Anos, doce constituciones y dos tribunales constitucionales", Ricardo Beaumont Callirgos: "La jurisdicción judicial y la jurisdicción arbitral. Reflexiones constitucionales en el Bicentenario: Propuestas de reforma en el sistema de Justicia", Luis Andrés Roel Alva : "Legislar en tiempos de pandemia :Una mirada desde adentro del problema", Manuel Bermúdez Tapia: "La cultura de la legalidad en una República Bicentenaria", Oscar Urviola Hani: "Tribunal Constitucional y equilibrio de poderes", Raúl Chanamé Orbe: Reflexiones sobre el Bicentenario: Muchas Constituciones y poca República", Víctor García Toma: "La Constitución, el Poder Constituyente y el sentimiento constitucional en el Perú".
Artículo "Derecho de Acceso a Internet en la Constitución"

El Dr. Julio Núñez Ponce, afirma: "La relación del Derecho Constitucional, Internet y Derechos Humanos se ha acrecentado en el contexto de la pandemia sanitaria del COVID-19, con el aislamiento social, el trabajo remoto, la virtualización de trámites administrativos, la mesa de partes judicial , la
educación en línea, el monitoreo de la salud por medios digitales. El derecho de acceso a Internet como derecho fundamental tiene una serie de principios orientadores, como son: acceso, pluralismo, no discriminación, privacidad. El acceso universal obliga al Estado a tomar las medidas para que el ciudadano sin discriminación y protegiendo sus datos personales tenga acceso a Internet.
Los servicios públicos digitales incluido el servicio de internet también van a ser analizados en el contexto del marco jurídico aplicable a los servicios públicos, que coadyuve a que el derecho constitucional de acceso a internet propuesto, se materialice".
Comentarios
Puede accesarse a la publicación en el siguiente enlace:
https://www.tc.gob.pe/wp-content/uploads/2021/08/Reflexiones-Constitucionales-sobre-el-Bicentenario.pdf   

Etiquetas: , , ,

contador de visitas
contador visitas