miércoles, mayo 13, 2015

Modificación del Reglamento de Ley 29499 para la Implementación de la Vigilancia Electrónica Personal

En el Perú, por Decreto Supremo 002-2015-JUS, publicado el 13 de Mayo de 2015 se ha modificado e incorporado artículos al Reglamento aprobado por Decreto Supremo 013-2010-JUS,  para la implementación de la Vigilancia Electrónica Personal, establecida mediante Ley Nº 29499.  Por su importancia y actualidad emitimos esta breve reseña en el presente Blog Académico.
Objeto
La vigilancia electrónica personal es un mecanismo de control que tiene por finalidad monitorear el tránsito, tanto de procesados como de condenados, dentro de un radio de acción y su desplazamiento, teniendo como punto de referencia el domicilio o el lugar que señalen éstos, el cual deberá estar ubicado dentro de la jurisdicción de un distrito judicial en el que se encuentre vigente la norma, debiendo contar con las condiciones técnicas que hagan posible la aplicación de la vigilancia electrónica personal.
Condición Personal, Informe social y pericia psicológica.
No podrá acceder a la vigilancia electrónica personal aquel procesado o condenado que haya sido anteriormente sujeto a sentencia condenatoria por la comisión de delito doloso.
El procesado o condenado deberá presentar conjuntamente con su solicitud al juez competente, el informe social correspondiente que acredite las condiciones de vida personal, laboral, familiar y social y la pericia psicológica.   
Radio de acción y desplazamiento
El Juez que disponga la aplicación de la vigilancia electrónica personal, deberá establecer el radio de acción y de desplazamiento del beneficiario, teniendo en cuenta el domicilio o lugar que se señale. De ser el caso, podrá establecer las rutas, parámetros de desplazamiento, periodo de tiempo y horarios.
Vigilancia electrónica con tránsito restringido 
Es el mecanismo por el cual se coloca un dispositivo consistente en un brazalete, tobillera o el dispositivo que fuere aplicable en el cuerpo del procesado o condenado, según sea el caso, configurándose la medida de vigilancia electrónica con transito restringido en un espacio geográfico determinado, que incluye el domicilio autorizado, excluyendo a aquellas zonas o establecimientos limitados de acceso. 
Esta modalidad permite la posibilidad de que el beneficiario, se desplace a establecimientos de salud, centro de estudios, centros laborales u otros lugares que previamente programados y autorizados por el juez, permitan el cumplimiento de la finalidad para la cual fue impuesta la medida de vigilancia electrónica personal. 
Comentarios
La modificación del Reglamento formula precisiones y acotaciones al reglamento para su aplicación.En la disposición sexta final del Reglamento se precisa que "la implementación de la vigilancia electrónica personal se realizará en el distrito judicial de Lima, creada por la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en todos los distritos judiciales en los que éste se haya desconcentrado o posteriormente se desconcentre, y el Callao. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com      

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martes, mayo 05, 2015

XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos Personales

En Lima, Perú, del 6 al 8 de Mayo de 2015 se lleva a cabo el "XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos Personales" organizado por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (APDP) de Perú, en coordinación con la Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD). Por la importancia y trascendencia de este evento internacional,  escribimos esta breve reseña en el presente Blog Académico.
Temario : Inauguración y Paneles del 1 al 4.
En el XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos Personales, destacamos la Bienvenida del Ministro de Justicia Gustavo Adrianzèn Olaya y del Director de la APDP Jose Alvaro Quiroga. Asimismo, destacamos las  Conferencias Inaugurales de Ximena Puente de la Mora, Comisionada Presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) de México y Presidenta de la RIPD y de Josè Luis Rodriguez, Director de la Agencia Española de Protección de Datos y Secretario Permanente de la RIPD.
En el Panel 1 sobre "Menores e Internet. La educación en materia de privacidad. Una cuestión de valores", está como expositora M. Angels Barbara i Fondevilla. Directora de la Autoridad Catalana de Protección de Datos (España). Como Panelistas están: Nelson Remolina. Experto invitado de la RIPD (Colombia);  Juan C. Gonzales. Director Nacional de Protección de Datos Personales (Argentina) y Ramiro Prieto, Asesor de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales de Uruguay. Este Panel tiene el siguiente marco temático: la labor de las autoridades de protección de datos personales en materia de protección de la privacidad de menores. Los desafíos de vivir en Internet 
En el Panel 2 sobre "Protección de Datos de Salud. Alta sensibilidad" está como Expositor Jesús Rubí, adjunto al Director de la Agencia Española de Protección de Datos. Como Panelistas están Maria Cándida Guedes de Oliveira, Comisionada de la Comisión Nacional de Protección de Datos de Portugal; Leonardo Rojas Mezarina. Director Ejecutivo de la Oficina de Desarrollo Tecnológico del Ministerio de Salud de Perú y Lorena Donoso, catedrática de la Universidad de Chile. Este Panel tiene el siguiente campo temático: La importancia de la autodeterminación sobre los datos de salud frente a su relevancia comercial. El desarrollo de la historia clínica electrónica, sus titulares y responsables. 
En el Panel 3 sobre "Tratamiento de Datos Personales en el ámbito Laboral" tenemos como Expositor a Juan Carlos Cortès, Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR del Perú. Como Panelistas están Oscar Gómez, Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral del Perù; Lourdes Zamudio, Experta invitada de la RIPD del Perú; Ana Brian, Experta invitada de la RIPD de Uruguay y Maria Patricia Kurczyn del IFAI de Mèxico. Este panel tiene el siguiente marco temático: El uso de prácticas de control por el empleador como el llamado "monitoreo" de comunicaciones o actividades y los limites que plantea el derecho a la protección de datos personales.
En el Panel 4 sobre " la protección de datos personales, tipos penales, actividad policial y de vigilancia" tiene como Expositor a Ivan Meini, abogado penalista. Como panelistas están: Richard Román, Jefe de la DIVINDAT; Juan C. Gonzales, Director Nacional de Protección de Datos de Argentina y Jaime Delgado, Congresista de la República. Este panel tiene el siguiente marco temático: Delitos Informáticos y su vinculación con el tratamiento de datos personales. El tráfico de base de datos, video vigilancia en general y los drones como herramientas de vigilancia.
Temario: Paneles 5 al 7
En el Panel 5 sobre "Transparencia y protección de datos personales en balance" se tiene como Expositor a Eloy Espinosa- Saldaña. Magistrado del Tribunal Constitucional del Peru. Como panelistas están: Oscar Puccinelli de Argentina, Rodrigo Reyes de Chile y Areli Cano de México. El marco temático es el siguiente: La jurisprudencia del Tribunal Constitucional Peruano en materia de acceso a la información publica  y su relación con la protección de datos personales. Experiencias Comparadas.
En el Panel 6 sobre "Al dìa siguiente de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea" se tiene como panelistas a Jose Luis Rodriguez, Director de la Agencia Española de Protección de Datos y Marisa Jimenez, Consejera Senior de Políticas Reguladoras y Asuntos Inter-institucionales- Privacidad en Google Inc. El marco temático es el siguiente: ¿Cuáles son las lineas de trabajo que permiten desarrollar el nuevo escenario de las actividades de los buscadores de internet, con criterios de protección y responsabilidad razonables?.
En el Panel 7 sobre "Protección de Datos Personales e Información Crediticia" expone Jesús Rubí, adjunto al Director  de la Agencia Española de Protección de Datos. Como Panelistas están Carlos Alonso de Equifax Ibérica; Mila Guillen de la SBS del Perú; Mauricio Garro de Costa Rica. El marco temático es el siguiente: La importancia de la información personal relacionada con el patrimonio y el historial de crédito. Sus finalidades legitimas y los tratamientos inadecuados.
Comentarios
En la parte final de este importante evento,  se desarrollan los siguientes paneles: Panel 8 sobre "Protección de datos y Organismos Internacionales"; Panel 9 sobre "Registros Públicos y Fuentes accesibles al Publico" y Panel 10 sobre "Protección de datos personales y medidas de seguridad de información" . Felicitamos a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Perú y a la Red Iberoamericana de Protección Datos Personales por la organización de este importante evento; felicitamos igualmente a los expositores, a los panelistas y a los participantes del XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos Personales. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com        

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