En el Perú, por Ley 30823,
publicada el 19 de Julio de 2018, se ha delegado la facultad de legislar en el
plazo de sesenta días calendario desde la vigencia de la presente ley, en
materia de Modernización de la Gestión del Estado y del Gobierno Digital, entre
otros temas. Por su importancia y actualidad, publicamos esta breve reseña en
el presente Blog Académico.
Modernización de la
Gestión del Estado
Se delegan facultades para legislar, en materia de
Modernización de la Gestión del Estado, en el plazo establecido, a fin de:
a) Modernizar
los Sistemas Administrativos del Estado, excepto los referidos a Defensa
Judicial del Estado y Control, con el objetivo de mejorar la gestión,
productividad, eficiencia y efectividad de las entidades públicas.
b) Mejorar
la actuación administrativa del Estado en lo relativo a supervisión,
fiscalización y sanción.
c) Perfeccionar
la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, del Decreto
Legislativo 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de
simplificación administrativa, y otras normas con rengo de ley, a fin de
simplificar los trámites administrativos.
d) Implementar
servicios y espacios compartidos por parte de las entidades públicas, así como
establecer disposiciones para el Gobierno
Digital y las plataformas multiservicios y de trámites que faculten a las
entidades públicas para delegar la gestión y resolución de actos
administrativos a otra entidades públicas bajo criterios que prioricen
eficiencia, productividad, oportunidad y mejora de servicios para el ciudadano
y la empresa, o a terceros en la etapas previas a la emisión de la resolución
que contenga la decisión final de la entidad.
e) Fortalecer
el funcionamiento de las entidades del Gobierno Nacional, del gobierno regional
o del gobierno local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones
y funciones , de acuerdo, entre otros con las recomendaciones de la
Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).
f)
Promover la consolidación institucional de las
comunidades municipales, aprovechando las ventajas de la gestión intermunicipal
para asegurar la óptima prestación de
servicios.
g) Establecer
medidas que garanticen la continuidad de los servicios en las transferencias de
cada gestión de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales.
Gobierno Digital
En el contexto de la Modernización del Estado, con respecto
a establecer disposiciones para el Gobierno Digital y la implementación de
servicios y espacios compartidos por parte de las entidades públicas, se otorga
facultades para lo siguiente:
1. Modificar
el alcance del Decreto Legislativo 1211, Decreto Legislativo que aprueba
medidas para el fortalecimiento e implementación de Servicios Públicos
integrados a través de Ventanilla Única e Intercambio de Información sobre
Entidades Públicas, a fin de ampliar las modalidades para el fortalecimiento e
implementación de servicios públicos integrados y compartidos, precisar los
mecanismos de creación de ventanillas únicas e incorporar en las modalidades la
atención de procedimientos administrativos y otros servicios del Estado, así
como aquellos que resulten de la prestación de servicios públicos por empresas
privadas.
2. Desarrollar
la “operativización” de las diferentes modalidades de implementación de
servicios públicos integrados y compartidos, a través de la definición de
compromisos de las entidades intervinientes; definición de mecanismos de
gestión y y financiamiento compartido: y de adecuaciones vinculadas a la
actuación administrativa y emisión de actos administrativos.
3. Establecer
el marco normativo para promover el despliegue
transversal de las tecnologías digitales en las entidades del Estado; a fin
de mejorar el alcance, las condiciones, la prestación y el acceso de los
ciudadanos a los servicios que presta el Estado.
Comentarios
Los servicios
públicos digitales son aquellos servicios públicos ofrecidos de forma total o
parcial a través de Internet u otra red equivalente, que se caracteriza por ser
automático, no presencial y utilizar de manera intensiva las tecnologías
digitales (teléfonos inteligentes, plataformas no presenciales, etc.) para la
producción y acceso a datos, servicios y contenidos que generan valor público
para los ciudadanos y personas en general. Al delegarse facultades para la implementación
de servicios y espacios compartidos por parte de las entidades públicas
mediante el uso de Tecnologías Digitales, se está promoviendo el desarrollo del
Gobierno Digital en el Perú. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce. Doctor en
Derecho. Experto en Derecho de las Nuevas Tecnologías y Derecho Informático.
Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com
Etiquetas: Derecho Digital, Gestión Pública, Gobierno Electrónico, Reforma del Estado