lunes, enero 30, 2017

Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor

En el Perú, por Decreto Supremo N° 006-2017-PCM, publicado el viernes 27 de Enero de 2017, se ha aprobado la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor. Por su importancia, actualidad y obligatoriedad, publicamos esta breve reseña en este Blog Académico.
 Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor
La Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor constituye una herramienta fundamental de política pública, que permitirá con una visión a largo plazo, tomar mayor y más eficaz la protección de los consumidores o usuarios en el país, direccionado la implementación, desarrollo y gestión del Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor creado por el Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por la Ley N° 29571. Defendiendo así los objetivos prioritarios, lineamientos, contenidos principales y estándares de cumplimiento obligatorio en materia de protección de los consumidores.
Enunciado general
El quehacer del Estado en materia de protección y defensa del consumidor se encuentra orientado a brindar una mayor y más eficaz protección de los derechos de los consumidores, poniendo énfasis en su educación y velando por su seguridad, viabilizando su efectiva protección a través de mecanismos de prevención y solución de conflictos de consumo, utilizando como herramienta para ello, el Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, por lo que el fortalecimiento del mismo constituye también parte integrante de la presente política.
Principios Rectores
La Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor se sustenta en los siguientes principios: 1. Eficiencia y Eficacia. 2. Transparencia. 3. Inclusión y Enfoque Intercultural. 4. Protección. 5. Defensa. 6. Igualdad y No discriminación.
Ejes de la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor
La Política se estructura sobre la base de cuatro ejes de política, que son los siguientes: 
Eje de Política 1: Educación, orientación y difusión. Tiene por objetivo: Fomentar que los agentes del mercado conozcan los derechos de los consumidores y dispongan de información relevante para mejores decisiones de consumo. Lineamientos estratégicos: a) Capacitar a los agentes del mercado en materia de de protección al consumidor. b) Orientar al consumidor brindándole información en materia de protección. c) Poner a disposición de los agentes del mercado información en materia de protección al consumidor haciendo mayor énfasis en el uso de las tecnologías de la información. c.1. Implementar y desarrollar el sistema virtual del consumidor, con la finalidad de generar una plataforma de fácil acceso al consumidor, donde tendrá a disposición herramientas de información (actualizada constantemente) que le facilite la toma de decisiones de consumo, previniendo de este modo el incremento de conflictos entre proveedores y consumidores.   
 Eje de Política 2: Protección de salud y seguridad de los consumidores. Tiene por objetivo: Garantizar la protección de la salud y seguridad de los consumidores en sus relaciones de consumo. Lineamientos estratégicos: a) Diseño, creación e implementación del Sistema de Alerta de productos y servicios peligrosos para la acción oportuna frente a éstos. a.1.Elaborar el marco normativo para la detección y emisión de alertas del Indecopi.  a2. Desarrollar y poner en funcionamiento el sistema informático del Indecopi para la emisión de alertas de productos y servicios peligrosos. 
Eje de Política 3: Mecanismos de Prevención y solución de conflictos entre proveedores y consumidores. Tiene por objetivo: Promover el establecimiento de mecanismos expeditivos de prevención y solución a nivel nacional, impulsando su simplificación. Lineamientos estratégicos: a) Impulsar el desarrollo de mecanismos de solución de conflictos existentes. b) Impulsar el desarrollo de mecanismos de solución de conflictos en las relaciones de consumo.
Eje de Política 4: Fortalecimiento del Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor. Tiene por objetivo: Fortalecer el Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor en el cumplimiento de la normativa, capacidades de integrantes y la gestión del sistema. Lineamientos estratégicos: a) Fomentar el cumplimiento de la normativa en materia de protección al consumidor. b) Fortalecer sostenidamente las capacidades de sus integrantes. c) Impulsar la gestión eficiente del Sistema para optimizar las políticas del Estado en torno a la protección al consumidor.
Comentarios
La Política Nacional de Protección  y defensa del Consumidor es una Política de Estado que comprende a todos los niveles de gobierno y actores públicos y privados. Destacamos los lineamientos estratégicos que utilizan Tecnologías de Información y Comunicaciones. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com

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martes, enero 24, 2017

Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos

En el Perú por Resolución de Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) N° 272-2017, publicada el 23 de Enero de 2017,  se ha aprobado el Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos. Por su importancia y actualidad, publicamos esta breve reseña en este Blog Académico.
Gobierno Corporativo
Gobierno Corporativo es el conjunto de procesos, políticas, normas y prácticas que determinan como una empresa o un grupo es dirigido, gestionado y controlado. Las empresas deben definir principios y lineamientos generales para la adopción e implementación de prácticas de gobierno corporativo, que sirvan de guía para el accionar de los órganos de gobierno de la empresa. La estructura del gobierno corporativo especifica la distribución de los derechos y responsabilidades entre los diferentes órganos de gobierno y grupos de interés. El Gobierno Corporativo también provee la estructura a través de la cual se establecen los objetivos de la empresa, los medios para alcanzar estos objetivos, así como la forma de hacer un seguimiento de su desempeño.
Código de  Ética y Conducta Empresarial
Las empresas deben contar con un Código de Ética y Conducta, con los criterios de responsabilidad profesional exigibles a sus directores, gerentes, funcionarios y demás trabajadores y que prohíba expresamente actividades ilegales o conductas que podrán afectar la reputación de la empresa o la confianza en el sistema.
Gestión Integral de Riesgos
La gestión integral de riesgos requiere que las empresas se organicen de acuerdo con su complejidad y líneas de negocio en que operan. Los riesgos pueden surgir  por diversas fuentes externas e internas, entre los riesgos tenemos: a) Riesgo de crédito. b) Riesgo de lavado de activos. c) Riesgo de liquidez. d) Riesgo de mercado. e) Riesgo de reputación. f) Riesgo técnico. g) Riesgo de reaseguro. h) Riesgo estratégico. i) Riesgo operacional.
Cumplimiento Normativo
La función de cumplimiento normativo incorpora la evaluación y monitoreo del cumplimiento de toda la normativa aplicable a la empresa supervisada, tiene como objetivo identificar y poner en conocimiento oportuno de las áreas responsables de las empresas aquellas normas externas que tienen un impacto directo  en las funciones que esta realizan así como las normas internas vinculadas, a fin de que se tomen las medidas necesarias para dar cumplimiento a dichas disposiciones.
Comentarios
Con la experiencia de la supervisión y los estándares internacionales, la Superintendencia de Banca y Seguros ha considerado necesario modificar la normativa vigente para fomentar una mejor gestion de riesgos y gobierno corporativo en las empresas. La norma en su totalidad entra en vigencia el 01 de abril de 2018. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com

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martes, enero 10, 2017

Recientes Normas Jurídico Informáticas en el Perú

Recientemente se han dado en el Peru distintas normas que tienen una aplicación jurídico informática, por su importancia y actualidad publicamos esta breve reseña en este Blog Académico.
Reglamento sobre Neutralidad en la Red
Por Resolucion Nº 165-2016-CD/OSIPTEL publicada el 29 de Diciembre de 2016, en el marco de la Ley 29904, Ley de Promocion de la Banda Ancha, se ha aprobado el Reglamento de Neutralidad en la Red. Se establecen los siguientes Principios Rectores: a) Principio de Libre Uso. b) Principio de Precaución. c) Principio de Equidad. d) Principio de Transparencia. Asimismo se establecen disposiciones reltaivas a la neutralidad en Internet.
Creación de Autoridad de Transparencia y Fortalecimiento de Régimen de Protección de Datos
Por Decreto Legislativo Nº1353, publicado el 07 de Enero de 2017, se ha creado la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y se ha fortalecido el Regimen de Protección de Datos Personales y la regulacion de gestion de intereses. Asimismo, se ha creado el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Informacion Pública. Finalmente, se ha modificado la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.
Promocion del Derecho de Acceso de la Ciudadania al contenido de las Decisiones Jurisdiccionales
Por Decreto Legislativo Nº 1342, publicado el 07 de Enero de 2017, se promueve y facilita el acceso al contenido de las decisiones jurisdiccionales en todos los niveles, en el ámbito nacional. Se establece que la transparencia jurisdiccional es una politica pública, en cuyo marco se crean las condiciones para desarrollar y mantener los medios tecnológicos que faciliten su acceso digital.
Uso de tecnologia digital en la firma de documentos laborales
Por Decreto Legislativo Nº 1310 se establece que en todo tipo de documento laboral, el empleador puede sustituir la firma ológrafa y el sellado manual por la firma digital, la firma electrónica y la firma digital. La norma añade que para el caso de las boletas de pago y siempre que el abono se realice mediante empresas del sistema financiero, el empleador puede sustituir la impresión y entrega fisica de las boletas y constancias de pago por la puesta a dsiposicion del trabajador de dichos documentos mediante el uso de firmas y certificados digitales y las TICs.
Diario Oficial El Peruano Electrónico
El Decreto Legislativo Nº 1310 establece que el Diario Oficial El Peruano Electrònico tiene el mismo valor legal que la version fisica. Las publicaciones efectuadas en este medio tienen pleno efecto y validez juridica.
Optimización de Procesos vinculados a las Historias Clinicas Electrónicas
Por Decreto Legislativo Nº 1306, publicado el 30 de Diciembre de 2016, se optimizan los procesos vinculados al Registro Nacional de Historias Clinicas Electrónicas, modificando la Ley 30024, estableciendo normas que regulan el acceso a la información  clinica ; asimismo, se establece que los establecimientos de salud del pais y los servicios médicos de apoyo  implementarán de manera progresiva la identificacion unica de los usuarios en las historias clinicas manuscritas y electrónicas. El número de la historia clinica sera el numero del Documento Nacional de Identidad emitido por el RENIEC.
Regulación de la Vigilancia Electrónica Personal
 Por Decreto Legislativo 1322, publicado el 06 de Enero de 2017, se establece que la vigilancia electrónica personal es un mecanismo de control que tiene por finalidad monitorear el tránsito tanto de procesados como de condenados, dentro de un radio de acción y desplazamiento, teniendo como punto de referencia el domicilio o lugar señalado. Se modifica la Ley 29499, ley que establece la vigilancia personal.
Optimización de procesos vinculados a Telesalud
Por Decreto Legislativo Nº 1303, publicado el 30 de Diciembre de 2016, se emiten disposiciones que optimizan los procesos vinculados a la Telesalud.  Se define la Telesalud como el servicio de salud a distancia prestado por personal de salud competente utilizando las Tecnologias de Informacion y Comunicaciones, para lograr que estos servicios y sus relacionados sean accesibles principalmente a sus usuarios en areas rurales o con limitada capacidad resolutiva. Por Telemedicina se entiende la provisión de servicios de salud a distancia en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, recuperación o rehabilitación prestados por personal de salud que utiliza tecnologías de la información y la comunicación (TIC) con el propósito de facilitar el acceso a los servicios de salud de la población.
Comentarios
Se han dado diversas normas juridico informáticas que consideramos deben ser conocidas y aplicadas. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com

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