En el Perú, el Proyecto de Ley N°
2144/2017-PE, presentado por el Poder ejecutivo al Congreso de la República el 17 de Noviembre de 2017 ,
sobre modificación de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, transformándolo en Ministerio de
Transportes y Tecnologías de la Información y la Comunicación. Por su
importancia y actualidad, publicamos esta breve reseña en el presente Blog
Académico.
Finalidad
En el Proyecto de Ley se propone
la modificación del artículo 4 de la Ley
N° 29730, Ley de Organización y funciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones en lo referido al ámbito de competencia, incluyen dentro de éste
a las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC), con la finalidad que sea
la entidad que lidere el planeamiento y la emisión de normas y lineamientos
destinados a impulsar la regulación y desarrollo de las TIC, con la finalidad
que sea la entidad que lidere el planeamiento y la emisión de normas y
lineamientos destinados a impulsar la regulación y desarrollo de las TIC en el
ámbito del sector privado, la sociedad civil y el ámbito académico a nivel
nacional, sin perjuicio de la competencia del Ministerio en materia de
Infraestructura y servicios de comunicaciones. También se ha considerado
adecuada la modificación de la competencia compartida con los gobiernos
regionales y locales en materia de infraestructura, servicios de
telecomunicación y las TIC, la cual podrá ser ejercida de acuerdo a las
trasferencias de funciones.
Funciones Específicas
Con respecto a las funciones
específicas de competencias exclusivas que desempeña el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, se propone que este Ministerio desarrolle además
las funciones referidas a planear, supervisar, evaluar, normar y fomentar el
uso y desarrollo de TIC, así como planificar, financiar y garantizar la
provisión y prestación de servicios públicos de acuerdo a las normas de la
materia.
Funciones que no se contraponen a competencias de otras entidades
Conforme se afirma en la
exposición de motivos: “Las funciones propuestas en el Proyecto de Ley no se
contraponen a los dispuesto en la Constitución Política del Perú, las
competencias de otras entidades públicas en materia de las TIC, ni demás normas
que forman parte del ordenamiento jurídico”. No se contrapone ni a las
funciones de la Secretaria de Gobierno Digital, ni del Ministerio de Educación,
ni del Ministerio de Salud. “Lo que se
busca es que este Ministerio logre articular los esfuerzos del
Estado en la implementación y promoción
de las TIC, mediante el planeamiento, regulación y fomento de su uso por parte
de la población y, estableciendo parámetros o directrices para su uso y
prestación en el mercado.
Alcance del Vice Ministerio de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones
Tal como se afirma en la
Exposición de Motivos: “El alcance del Viceministerio de Tecnologías de la
Información y la Comunicación cubriría el uso y apropiación de las TIC en el
ámbito económico, productivo y social de la sociedad peruana. Se constituiría
además en una entidad que trasciende largamente el tema informático, dado que
incluye dentro de su alcance además temas de comunicaciones y de contenidos, la
forma como todas estas coadyuvan al desarrollo del país”.
Comentarios
En el Proyecto de Ley en
comentario se plantea la necesidad de adoptar medidas que conlleven al mayor
desarrollo de las TIC en el país y contar con ente rector en materia de TIC. En
la exposición de motivos se afirma: “a fin de viabilizar un arreglo
institucional, se considera que resultaría conveniente no crear una institución
exclusivamente en materia de TIC, sino que dicha materia sea asumida por alguna
entidad pública ya existente, lo cual significará un ahorro de tiempo y dinero
para el Estado”. Es en este orden de
ideas, que este proyecto de ley plantea la trasformación del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones en un Ministerio de Transportes y TIC.
Consideramos que la iniciativa es importante y requiere un análisis y debate,
donde el Derecho Informático y sus especialistas tienen un campo propicio a
desarrollar y aportar. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho
Informático. Profesor Universitario. Email:
julionunezponce@gmail.com
Etiquetas: Gobierno Electrónico, Política Digital, Proyecto de Ley, Tecnología, Telecomunicaciones