lunes, febrero 25, 2008

En el curso de Derecho Informático en el ciclo 2008-0, se realiza discusión grupal de casos prácticos


En el ciclo académico 2008-0 los días lunes 25 de Febrero y el miércoles 27 de Febrero, en el curso de Derecho Informático, que el Dr.Julio Núñez Ponce, dicta en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima, se ha realizado la discusión en clase de casos prácticos jurídico informáticos.

Caso Práctico sobre Nombre de Dominio

El lunes 25 de Febrero de 2008, los Grupos 1 y 3 expusieron y debatieron en clase un caso práctico sobre nombre de dominio, en el cual entre otros temas se trataron los siguientes: ciberocupación, marcas de hecho, explotación reputación ajena, el arbitraje en línea. Los alumnos que intrevienieron la discusión grupal en esta fecha fueron: Carolina Chaparro; Gonzalo Galvez; Luis Felipe Montezuma; Nathalie Tacchino; Daniela Rondón; Cristina Lay; Herbet Jaimes; Fiorella Chiabra; Mónica Frisancho; Rossana Reid; Joel Santisteban; Santos Saavedra; Ana Quiroz; Alexander Northcote.
Casos prácticos sobre Derecho de Autor de Software.
El miércoles 27 de Febrero de 2008, el Grupo 2 expondrá un caso práctico sobre Piratería de Software, en temas como: reproducción ilegal de software, usos permitidos por el contrato de licencia de software, pagos de derecho de autor devengados.
El Grupo 4 expondrán sobre Plagio de Software, en temas tales como: plagio de software, efectos del registro, mala fe, adquisición de software por gobiernos locales .
También intervendrán en la discusión Grupal sobre los casos prácticos: Joseline Aceijas; Ursula Bermudez; María Claudia López; Gina Espinoza; Walter Izurieta; Roxana Paúcar; Eliana Pelaez; Denny Ramirez; Gean Carlos Robles; Matías Yabar.
Comentarios
La discusión grupal de casos prácticos permite analizar expedientes jurídico informáticos y profundizar en la aplicación práctica de los conceptos desarrollados en clase. Felicitaciones a todos los alumnos que con responsabilidad, entusiasmo, interés, lógica, inteligencia, han participado activamente en clase.

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lunes, febrero 18, 2008

Retrospectiva de dictado reciente de cursos a nivel de Post-Grado


Recientemente a nivel de Post-Grado hemos dictado cursos relativos a Derecho Informático, Derecho y Nuevas Tecnologías e Investigación. En estas líneas vamos a reseñar el dictado de estos cursos.
Derecho Informático Empresarial en Maestría UNMSM
De Setiembre de 2007 a Enero de 2008, se ha dictado en la Maestría de Ingeniería de Sistemas e Informática de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, por el Dr. Julio Núñez Ponce, el curso de Derecho Informático Empresarial en el cuarto nivel de estudios.
Los alumnos de la Maestría de Ingeniería de Sistemas e Informática, en la mención Dirección y Gestión de Tecnología de Información, fueron los siguientes: Kurt Alfaro, Andrew Alfaro, Cynthia Angulo, Karla Barreto, Víctor Bendzú, Miguel Bernaza, Yrma Cárdenas, Oscar Cárdenas, Pedro Carlos, Pedro Castañeda, Angela de la Cruz, Manuel Dextre, Rossana Díaz, Lizette Grados, Enrique Larios, Dive Lescano, Alfonso Llamosas, Jeisson Mantilla, Julio Molina, Jessica Nolazco, Alfredo Rimac, Lourdes Salazar, Raúl Tapia, Agnes Yari.
Los alumnos de la Maestría de Ingeniería de Sistemas e Informática, en la mención Ingeniería de Software, fueron los siguientes: Angel Alayo, Oscar Benito, María Elena Chavez, Robert Ramos, Freddy Rimac.
Ambos grupos, llevaron el mismo curso de Derecho Informático Empresarial, en el mismo horario con responsabilidad, interés por aprender e investigar temas jurídico informáticos vinculados a la Ingeniería.
Diplomado en Derecho y Nuevas Tecnologías

El Diplomado de Derecho y Nuevas Tecnologías organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica San Pablo de Arequipa, se está dictando desde Noviembre de 2007 a Junio de 2008. En este diplomado están participando doce docentes. Al Dr. Julio Núñez Ponce le tocó participar como docente los días 13, 14 y 15 de Diciembre de 2007, en los temas de Derecho Informático, Derecho y Nuevas Tecnologías, Informática Jurídica, Regulación de Internet. Agradecemos a las autoridades de la Facultad por la atenciones y facilidades dadas para el dictado del curso y en especial la hospitalidad de alumnos , docentes y a la Dra. Ana Karim, por su cordialidad, adecuada gestión y capacidad organizativa.

Entre los temas que se desarrollan en el Diplomado tenemos: Etica en la Red: del mundo material al Mundo virtual; la Sociedad de la Información en el Perú: realidad y perspectivas; Informática Jurídica; Comercio Electrónico: evolución y tendencias; Gobierno Electrónico, firmas digitales, entre otros.

Curso de Seminario de Tesis

De Setiembre de 2007 a Enero de 2008, el Dr. Julio Núñez Ponce dictó el curso de Seminario de Tesis, en la Maestría de Derecho Civil y Comercial de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Los alumnos matriculados en este curso fueron: Luis Alfaro, Raúl camacho, Miguel Cayo, Lilia Chávez, Luis Fernández, Javier Hurtado, Tomás Jara, Jorge Maraví, Roger Merino, Julia Merino, Gladys Oré, Max Panay, Raúl Pereira, Maritza Sánchez, Milka Vilca, Ronaldo Lontop. Han desarollado el curso con responsabilidad, disciplina, perseverancia, interés, motivación.

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viernes, febrero 15, 2008

El Comercio Electrónico se tratará en primera Reunión de APEC2008

Entre el 19 de febrero y el 3 de marzo de 2008, se realizará en Lima, Perú, la Primera Reunión de Altos Funcionarios (SOM por sus siglas en inglés) en el marco de las reuniones de APEC 2008, esta primera reunión congregará aproximadamente a 1.050 participantes. Se tratarán temas como comercio electrónico , acceso a mercados y propiedad intelectual.
Reunión de Altos Funcionarios (SOM)
Las reuniones del SOM, que girarán sobre temas de acceso a mercados, propiedad intelectual, comercio electrónico, entre otros, se desarrollarán en Lima, Perú, en tres locales: la Cámara de Comercio de Lima, el Swissôtel y el hotel Los Delfines.
En las próximas dos semanas habrá ocho seminarios-talleres, 17 reuniones de grupos de trabajo técnicos, cuatro reuniones de comités de expertos y una reunión final con los altos funcionarios (viceministros de Comercio Exterior o de Relaciones Exteriores de las 21 economías socias del APEC).
Uno de los temas eje de las próximas citas será la reducción en 5% de los costos del comercio entre las economías del APEC. Entre los temas puntuales que se abordarán, tenemos la creación de una ventanilla única del comercio exterior para el APEC.
Reuniones sobre Comercio Electrónico
En el local del Swissotel en Lima, Perú, en el Paracas Room 1 se llevan a cabo las reuniones de Altos Funcionarios sobre Comercio Electrónico, con el siguiente detalle:
Martes 19 de Febrero de 9:00 a 18:00: Electronic Commerce. Steering Group (Seminar Data Privacy), con 80 participantes. (PCM) CL.
Miércoles 20 de Febrero de 9:00 a 18:00: Electronic Commerce. Steering Group (Seminar Data Privacy), con 80 participantes. (PCM) CL.
Jueves 21 de Febrero de 9:00 a 18:00: Electronic Commerce. Steering Group (Workshop Data Privacy), con 80 participantes. (PCM) CL.
Viernes 22 de Febrero de 9:00 a 18:00: Electronic Commerce. Steering Group (Subgroup Data Privacy) (PCM) HS.
Sábado 23 de Febrero de 9:00 a 18:00: Electronic Commerce. Steering Group (Paperlees Trading). (PCM) HS.
Domingo 24 de Febrero de 9:00 a 18:00: Electronic Commerce. Steering Group (Plenary) (PCM) HS.
Comentarios
Desde este Blog Académico saludamos la realización de esta Primera Reunión de la APEC de Altos Funcionarios, donde se tratarán temas tan importantes como el Comercio Electrónico, por sus implicancias jurídico-informáticas. Estaremos siguiendo el desarrollo de este evento al que auguramos éxito y que sus metas se van a cumplir.

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miércoles, febrero 13, 2008

Nuevo Reglamento de Tarjetas de Crédito en el Perú

Por Resolución SBS Nº 264-2008 de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones del Perú, publicada en el Diario Oficial, el miércoles 13 de Febrero de 2008, se ha aprobado el Nuevo Reglamento de Tarjetas de Crédito.
La tarjeta de crédito
Mediante el contrato de tarjeta de crédito la empresa concede una línea de crédito al titular por un plazo determinado y otorga la correspondiente tarjeta, con la finalidad que el usuario de dicha tarjeta adquiera bienes o servicios en los establecimientos afiliados que los proveen, pague obligaciones o, de así permitirlo la empresa emisora y no mediar renuncia expresa por parte del titular, hacer uso del servicio de disposición de efectivo u otros servicios conexos, dentro de los límites y condiciones pactados, obligándose a su vez, a pagar a la empresa que expide la correspondiente tarjeta, el importe de los bienes o servicios que haya adquirido, obligaciones pagadas, y demás cargos, conforme a lo establecido en el respectivo contrato.
Medidas de Seguridad
Las empresas deben adoptar medidas de seguridad apropiadas para determinar la validez y vigencia de la tarjeta de crédito y la identidad de sus titulares y/o usuarios, así como para dar cumplimiento a las condicones de uso de la tarjeta de crédito.
Para reducir la posibilidad de usos no autorizados o fraudulentos de las tarjetas de crédito las empresas deben contar con sistemas de monitoreo de transacciones y procedimientos complementarios, que permitan detectar razonablemente aquellas transacciones que pueden corresponder a patrones de fraude, con el objetivo de evitar actividades potencialmente fraudulentas o someterlas a mayor escrutinio y verificaciones adicionales.
Cargos Indebidos
Las empresas deberán implementar sistemas y procedimientos razonables y prudentes que permitan disminuir la posibilidad de ocurrencia de cargos indebidos, cualquier que éstos sean, incluyendo los que se deriven de la sustracción o robo de la información contenida en la tarjeta de crédito. Dichos sistemas y procedimientos deben permitir a los titulares y usuarios comunicar los referidos cargos indebidos.
Extravío, sustracción o robo de tarjeta o información
A fin de evitar que se produzcan transacciones no autorizadas, las empresas deberán contar con infraestructura y sistemas de atención que permitan a los titulares y usuarios de las tarjetas de crédito comunicar su extravío o sustracción.
Los titulares y usuarios no asumirán el pago de las transacciones no autorizadas que se hayan realizado con posterioridad a la referida comunicación.
Asimismo, las empresas podrán contratar pólizas de seguro y crear mecanismos de protección o contingencia que les permita cubrir las transacciones no autorizadas que se realicen antes o despues de la comunicación del titular o usuario sobre la sustracción o extravío, fraude y otros.
Los costos y el monto de la cobertura de los mecanismos antes indicados podrán ser asumidos por la empresa o por el cliente.
Comentarios
Se otorga un plazo general de ciento ochenta días contados desde el jueves 14 de Febrero de 2008, para que las empresas se adecúen a sus disposiciones. Se da también plazos específicos: desde un plazo de aplicación inmediata en caso de renovación y modificación de contratos vigentes, hasta un plazo de un año para que las empresas implementen sistemas de monitoreo de transacciones y procedimientos complementarios. Vencido el plazo de adecuación, el Reglamento Anterior de Tarjetas de Crédito aprobado por Resolución SBS 271-2000 del 14 de Abril del 2000, quedará sin efecto. Desde este Blog Académico informamos sobre la dación del Nuevo Reglamento de Tarjetas de Crédito, por considerarlo de interés y de aplicación en el ámbito jurídico-informático.

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jueves, febrero 07, 2008

Ley sobre acreditación de valor de exportación por documentación remitida por correo electrónico

La Ley 29198 publicada en el Diario Oficial el Peruano, el viernes 1 de Febrero de 2008, establece disposiciones para regularizar la presentación de medios probatorios del valor de exportaciones, remitidos por correo electrónico u otros medios.
Medios probatorios para acreditar el valor de exportación remitidos por correo electrónico
Para acreditar el valor de exportación de productos embarcados de productos perecibles frescos (a que se refiere al Decreto Supremo Nº 071-2007-EF , antes de su vigencia en el mes de Junio de 2007) , siempre que la SUNAT no hubiera determinado deuda tributaria vía la notificación de Resoluciones de Determinación o de Multa por el cuestionamiento al valor de exportación, se deberá contar con la documentación siguiente:
a. Las facturas emitidas por el exportador, siempre que indiquen los términos de entrega , que podrán ser los establecidos por las reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales empleados en las transacciones internacionales; y,
b. Las liquidaciones de compras emitidas por el importador que evidencien los precios de exportación.
Los documentos antes mencionados podrán ser emitidos por sus emisores vía correo electrónico, courier, fax, telex, o por cualquier otro medio por el cual se deje constancia escrita.
Presentación de medios probatorios del valor de exportaciones vía administrativa remitidos por correo electrónico
En los procedimientos contenciosos tributarios, que en cualquier estado se encuentren en trámite y en los cuáles se cuestione el valor de exportación, dentro del plazo de 30 días contados desde el sábado 02 de Febrero de 2008, y aún cuando no hayan sido presentados en el proceso de fiscalización o en las instancias previas, podrán presentarse los siguientes medios probatorios:
a. Las facturas emitidas por el exportador, siempre que se indiquen los términos de entrega, que podrán ser los establecidos por las reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales empleadas en transacciones comerciales; y
b. Las liquidaciones de compra emitidas por el importador, que evidencien los precios de exportación, siempre que consten en documentos remitidos por sus emisores vía correo electrónico, courier, fax, telex o por cualquier otro medio del cual se deje constancia escrita.
Los documentos señalados deberán ser evaluados por la Administración Tributaria antes de concluir el procedimiento y en concordancia con los usos y costumbres del comercio internacional.
Comentarios
Esta ley precisa el valor probatorio del correo electrónico, courier, fax, telex o por cualquier otro medio del cual se deje constancia escrita, que a nuestro entender incluye también a la microforma digital, entre otros. La ley también establece su aplicación a determinados procesos judiciales donde se cuestione el valor de exportación.

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miércoles, febrero 06, 2008

Visión del curso de Derecho Informático en el ciclo 2008-0


El curso de Derecho Informático que dicta el Dr. Julio Núñez Ponce, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima en el ciclo 2008-0 , se inició el lunes 14 de Enero de 2008 y culmina en Marzo de 2008.
El curso de Derecho Informático
El Derecho Informático tiene por objeto resolver los problemas jurídicos que plantea el uso de la informática, aplicando para ello los propios métodos jurídicos y los enfoques de sistemas existentes. Tal es así que el método sistémico permite el tratamiento de los temas jurídico-informáticos en forma coherente e integral.
Los alumnos del curso de Derecho Informático
Los alumnos han mostrado interés en el curso, han hecho uso intensivo del aula virtual, han expuesto casos prácticos sobre derecho informático, han profundizado en doctrina jurídico informática, han navegado en internet obteniendo información jurídica relevante, han analizado la legislación positiva en materia informática y convenios internacionales existentes, han opinado sobre las recomendaciones que darían para fortalecer el comercio electrónico en el Perú.
Los alumnos que se han matriculado en el curso, en el ciclo 2008-0 son: Joseline Aceijas, Ursula Bermudez, Carolina Chaparro, Fiorella Chiabra, Gina Espinoza, Mónica Frisancho, Gonzalo Gálvez, Walter Izurieta, Herbert Jaimes, Cristina Lay, Maria Claudia López, Luis Felipe Montezuma, Alexander Northcote, Roxana Paucar, Eliana Pelaez, Ana Sofía Quiros, Denny Ramirez, Rossana Reid, Gean Carlos Robles, Daniela Rondón, Santos Saavedra, Joel Santisteban, Nathalie Tacchino, Matías Yabar.
En la foto puede observarse a los alumnos en el salón de clases utilizando computadoras.
Comentarios
El desarrollo de la actividad académica está permitiendo que los alumnos estén actualizados en legislación informática, regulación de internet, comercio electrónico, jurisprudencia informática, congresos internacionales de la especialidad, publicaciones, entre otros temas.
En el ciclo 2008-1 va a dictarse también, el curso de Derecho Informático y estamos convencidos que el entusiasmo, dedicación, participación, e interés de los alumnos en temas jurídico informáticos se va a acrecentar, porque este curso es práctico y útil y complementa la formación y visión del futuro abogado, en la "era de la Sociedad de la Información".

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