En el Perú, por Decreto Supremo
N° 081-2017-PCM, publicado el 09 de Agosto de 2017, se ha dispuesto la
formulación de un Plan de Transición al Protocolo IPV6, a implementarse de
manera progresiva en toda la infraestructura tecnológica, software, hardware, servicios,
entre otros, en las entidades de la Administración Publica. Por su importancia y actualidad, publicamos
esta breve reseña en el presente Blog Académico.
Antecedentes
Mediante Resolución N° 180
correspondiente a la Conferencia de Plenipotenciarios de la Unión Internacional
de Telecomunicaciones (ITU) detallada en el documento “Actas Finales de la
Conferencia de Plenipotenciarios, Guadalajara 2010”, se invita a los Estados
Miembros a elaborar política nacionales para fomentar la actualización tecnológica
de los sistemas a fin de asegurar que los servicios públicos ofrecidos a través
del Protocolo de Internet (IP), la infraestructura de de comunicaciones y las
aplicaciones correspondientes, sean compatibles con IPV6.
Plan de Transición al Protocolo IPV6
Las entidades de la
Administración Pública deben aprobar un
Plan de Transición al Protocolo IPV6, el cual será aprobado por el titular de
cada entidad, en un plazo máximo de (01) año. El Plan de implementarse
progresivamente en un plazo máximo de cuatro (04) años luego de su aprobación.
El Plan de Transición al
Protocolo IPV6, debe contener como mínimo lo siguiente: A)
Título. B) Introducción. C) Base Legal. D) Objetivos. E) Alcance. F)
Diagnóstico de la Infraestructura Tecnológica. G) Implementación del Protocolo
IPV6, el cual debe incluir un cronograma de actividades. H) Realización de
Pruebas. I) Capacitación y Sensibilización. J) Presupuesto estimado. K) Anexos.
Estrategia para la implementación del Protocolo IPv6 del Estado Peruano
La Secretaria de Gobierno Digital
(SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros en coordinación con los
actores pertinentes desarrollará las acciones necesarias (lineamientos, guías,
proyectos, capacitaciones, otros) para la adecuada implementación del
protocolo.
La SEGDI brindará asistencia
técnica y capacitaciones a las entidades de la Administración Pública que lo
requieran y monitorea el efectivo cumplimiento de la norma.
Comentarios
Las computadoras, servidores de
datos, laptops, tabletas, teléfonos móviles multimedia (smartphones) y otros
dispositivos se conectan a través del Internet, requieren de una dirección IP-
Internet Protocol provista por un Proveedor de Servicios de Internet. El
Protocolo IP (Internet Protocol) es utilizado para el intercambio de información
entre redes o dispositivos conectados a Internet, existiendo a la fecha dos
versiones de este protocolo, la versión 4 (IPv4) y la versión 6 (IPv6). El
agotamiento de las direcciones IPv4 en América Latina se encuentran en su
última fase, por lo que es necesario que los gobiernos prioricen el despliegue
del Protocolo IPv6. Es en este contexto, que se da esta norma que aprueba la
formulación de un Plan de Transicional Protocolo IPv6 en las entidades de la
Administración Pública. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce. Experto en Derecho
Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com
Etiquetas: Ciberespacio, Gobierno Electrónico, Internet, Servicios de Telecomunicaciones, Sistemas, Tecnología