miércoles, agosto 09, 2017

Plan de Transición al Protocolo de Internet IPV6 en las entidades de la Administración Pública

En el Perú, por Decreto Supremo N° 081-2017-PCM, publicado el 09 de Agosto de 2017, se ha dispuesto la formulación de un Plan de Transición al Protocolo IPV6, a implementarse de manera progresiva en toda la infraestructura tecnológica, software, hardware, servicios, entre otros, en las entidades de la Administración Publica.  Por su importancia y actualidad, publicamos esta breve reseña en el presente Blog Académico.
Antecedentes
Mediante Resolución N° 180 correspondiente a la Conferencia de Plenipotenciarios de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU) detallada en el documento “Actas Finales de la Conferencia de Plenipotenciarios, Guadalajara 2010”, se invita a los Estados Miembros a elaborar política nacionales para fomentar la actualización tecnológica de los sistemas a fin de asegurar que los servicios públicos ofrecidos a través del Protocolo de Internet (IP), la infraestructura de de comunicaciones y las aplicaciones correspondientes, sean compatibles con IPV6.
Plan de Transición al Protocolo IPV6
Las entidades de la Administración Pública  deben aprobar un Plan de Transición al Protocolo IPV6, el cual será aprobado por el titular de cada entidad, en un plazo máximo de (01) año. El Plan de implementarse progresivamente en un plazo máximo de cuatro (04) años luego de su aprobación.
El Plan de Transición al Protocolo IPV6, debe contener como mínimo lo siguiente:   A) Título. B) Introducción. C) Base Legal. D) Objetivos. E) Alcance. F) Diagnóstico de la Infraestructura Tecnológica. G) Implementación del Protocolo IPV6, el cual debe incluir un cronograma de actividades. H) Realización de Pruebas. I) Capacitación y Sensibilización. J) Presupuesto estimado. K) Anexos.
Estrategia para la implementación del Protocolo IPv6 del Estado Peruano
La Secretaria de Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros en coordinación con los actores pertinentes desarrollará las acciones necesarias (lineamientos, guías, proyectos, capacitaciones, otros) para la adecuada implementación del protocolo.
La SEGDI brindará asistencia técnica y capacitaciones a las entidades de la Administración Pública que lo requieran y monitorea el efectivo cumplimiento de la norma.
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Las computadoras, servidores de datos, laptops, tabletas, teléfonos móviles multimedia (smartphones) y otros dispositivos se conectan a través del Internet, requieren de una dirección IP- Internet Protocol provista por un Proveedor de Servicios de Internet. El Protocolo IP (Internet Protocol) es utilizado para el intercambio de información entre redes o dispositivos conectados a Internet, existiendo a la fecha dos versiones de este protocolo, la versión 4 (IPv4) y la versión 6 (IPv6). El agotamiento de las direcciones IPv4 en América Latina se encuentran en su última fase, por lo que es necesario que los gobiernos prioricen el despliegue del Protocolo IPv6. Es en este contexto, que se da esta norma que aprueba la formulación de un Plan de Transicional Protocolo IPv6 en las entidades de la Administración Pública. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce. Experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com

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martes, agosto 01, 2017

Implementación de Expediente Judicial Electrónico en órganos jurisdiccionales del Poder Judicial

En el Perú, por Resolución Administrativa N° 228-2017-CE-PJ, publicada el 01 de Agosto de 2017, se dispone la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial a nivel  nacional y en todas las especialidades.  Por su importancia y actualidad publicamos esta breve reseña en el presente Blog Académico.
Etapas de Implementación del Expediente Judicial Electrónico
Se establecen dos etapas para la Implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) que son las siguientes: Primera Etapa: (Piloto) 2017: Especialidades Comercial, Tributario y de Mercado, Laboral (NLPT) de la Corte Superior de Justicia de Lima.  Segunda Etapa: Se implementarán progresivamente en las en las especialidades del Distrito Judicial de Lima, las restantes Cortes Superiores de Justicia y la Corte Suprema de Justicia de la República de acuerdo a las factibilidades técnicas y presupuestales.
Inicio de la Primera Etapa (Piloto)
Se dispone el inicio del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en el Cuarto Juzgado Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, con las demandas que se interpongan a partir del 31 de julio de 2017.
Reglamento del Expediente Judicial Electrónico
Se aprueba el “Reglamento del Expediente Judicial Electrónico” el cual es de obligatorio cumplimiento para todos los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial y partes intervinientes en un proceso, en los lugares donde se implemente el Expediente Judicial Electrónico (EJE), conforme se desarrollen las etapas de implementación.
Procedimiento de Ingreso de Documentos-Mesa de Partes y procedimientos macro
Se aprueba el “Procedimiento de Ingreso de Documentos-Mesa de Partes” y los procedimientos macro del Expediente Judicial Electrónico (EJE) denominados: a) Calificación de la demanda. b) Proveer escritos. c) Elaboración de Resolución. d) Notificación de Resolución. e) Agenda Diaria. f) Elevación a Instancia Superior. g) Tramitación de Expedientes.
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El inicio de la implementación del expediente judicial electrónico es un hito en la modernización y desarrollo de la informática jurídica de gestión judicial en el Perú. Desde el presente Blog Académico felicitamos al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a todos los funcionarios y magistrados que han coadyuvado en la implementación y puesta en marcha del Expediente Judicial Electrónico. Tanto las etapas de implementación como el reglamento y los procedimientos aprobados son medidas necesarias e importantes que contribuyen a la importante finalidad de automatizar la justicia contribuyendo a la celeridad y economía procesal y la efectiva tutela jurisdiccional del ciudadano mediante la utilización de la Tecnologías de Información y Comunicación (TICs) con seguridad jurídica y técnica. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce. Experto en Derecho Informático e Informática Jurídica. Profesor Universitario y de la Academia de la Magistratura. Email: julionunezponce@gmail.com  

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