Lineamientos para el diligenciamiento de las Notificaciones Electrónicas en el Poder Judicial
Contenido de la Directiva
El Contenido de la Directiva es el siguiente: I. Objetivo. II. Finalidad. III. Alcance. IV. Base Legal. V. Vigencia. VI. Disposiciones Generales. VII. Disposiciones Especificas. 7.1. De la Implementación y Seguridad del Sistema de Notificaciones Electrónicas. 7.2. De las Responsabilidades. 7.3. Dela apertura y Administración de las Casillas Electrónicas. 7.4. De las Notificaciones Electrónicas y su diligenciamiento. Disposiciones Complementarias. a) Procedimiento Solicitud de Registro, Apertura y Deshabilitación de las Casillas Electrónicas del Poder Judicial. b) Procedimiento de Emisión de Certificados Digitales en el Poder Judicial. c) Procedimiento en Linea de Escaneo de Documentos. d) Procedimiento de Notificación Electrónica en el Órgano Jurisdiccional. e) Procedimiento de atención de reclamos del usuario.
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La presente Directiva entra en vigencia al día siguiente de su publicación, es decir a partir del 29 de Agosto de 2015.Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com
Etiquetas: Certificados Digitales, Domicilio Electrónico, Firma Electrónica, Gobierno Electrónico, Informática Judicial, Notificación Electrónica, Proceso Electrónico, Sistematización
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