lunes, agosto 17, 2015

Norma sobre Interoperabilidad Electrónica e implementación de sistemas electrónicos

En el Perú, el Decreto Legislativo Nº 1187 publicado el Domingo 16 de Agosto de 2015, en su segunda disposición complementaria modificatoria,  incorpora el articulo 19 a la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, sobre Interoperabilidad Electrónica. Por su importancia y actualidad, publicamos esta breve reseña, en el presente Blog Académico.
Interoperabilidad Electrónica 
El Ministerio de Trabajo forma parte del Sistema Nacional de Informática y realiza  acciones de interoperabilidad electrónica en las materia de su competencia con la finalidad de articular los registros de información del Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional, Ministerios, ESSALUD, INPE, RENIEC, SUNAT, SUNARP, SBS, SUNAFIL, MIGRACIONES, SUCAMEC, UIF, SERVIR, INEI, Gobiernos Regionales y Locales, Colegios de Notarios, entre otros, para permitir el acceso, obtención y procesamiento de la información para el mejor ejercicio de sus competencias.   Para dicho fines, el Ministerio de Trabajo podrá solicitar la entrega de datos electrónicos a cualquiera de las entidades públicas  antes indicadas, quienes tienen la obligación de brindarla en el formato y plazo solicita .
Implementacion de Sistemas Electrónicos
ONGEI brindará asistencia técnica correspondiente y promoverá en las entidades públicas, la implementación de sistemas electrónicos que puedan interactuar y sincronizar sus sistemas informáticos y de telecomunicaciones de acuerdo a las mejores prácticas internacionales, asegurando los fines de las acciones de interoperabilidad electrónica.  Para tales  efectos, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con ONGEI, establecerá las disposiciones para la implementación de lo previsto en el presente artículo. 
Comentarios
La norma en comentario, establece disposiciones sobre interoperabilidad electrónica e implementación de sistemas electrónicos que permitan interactuar y sincronizar los sistemas informáticos. Esta se ha dado en el contexto del Decreto Legislativo Nº 1187 que establece las normas , medidas de prevención y sanciones contra la violencia en la actividad de la construcción civil. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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