miércoles, julio 15, 2015

Ampliación de presentación de parte notarial con firma digital, al otorgamiento de poderes

En el Perú, por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 179-2015-SUNARP/SN , publicada el 14 de Julio de 2015 se ha dispuesto que el servicio de presentación electrónica del parte notarial con firma digital a través del sistema de Intermediación digital-SID Sunarp se amplíe al acto de otorgamiento de poderes del Registro de Personas Naturales. Por la importancia y actualidad de esta norma, publicamos esta breve reseña en el presente Blog Académico.
Antecedentes
Mediante Resolución de Superintendencia Nº 234-2014-SUNARP/SN, se reguló la presentación electrónica del parte notarial con firma digital a través de la plataforma de servicios denominada Sistema de Intermediación Digital - SID Sunarp, y se dispuso que por Resolución de Superintendencia Nacional se ampliarán los actos que podrán ser presentados mediante parte notarial electrònico firmado digitalmente, asi como de la competencia de las Oficinas Registrales, dando cuenta al Consejo Directivo de la Sunarp.
Considerandos y fundamentación de la ampliación
En los Considerandos se afirma: "Que, la SUNARP a travès de sus zonas registrales adquirió tokens criptográficos, herramienta necesaria para que los Registradores califiquen los títulos presentados a travès del SID SUNARP, de igual manera, se gestionó la obtención de los Certificados Digitales ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil- RENIEC, en el marco del convenio de Cooperación Institucional suscrito entre ambas entidades".
Asimismo, se afirma en los Considerandos de la norma en comentario: "Que, la falsificación de instrumentos públicos sobre otorgamiento de poderes presentados en el Registro de Personas Naturales constituye una de las modalidades más recurrentes con las que se pretende iniciar una cadena de transacciones que podrían perturbar la seguridad jurídica que otorga Registros Públicos. Por tal motivo es necesario que el servicio de presentación electrónica del parte notarial con firma digital, actualmente disponible para el acto de constitución de empresas, se extienda también a los poderes otorgados por personas naturales, lo cual permitirá garantizar la autenticidad e integridad del parte firmado digitalmente por el Notario".
Ampliación e Implementación
Se dispone que el servicio de presentación electrónica del parte notarial con firma digital a través del Sistema de Intermediación Digital-SID Sunarp se amplíe al acto de otorgamiento de poderes del Registro de Personas Naturales. 
Por otra parte, se dispone la implementación y el funcionamiento del Sistema de Intermediación Digital-SID Sunarp para los actos de constitución de empresas en el Registro de Personas Naturales en todas las oficinas registrales del país, dando cuenta al Consejo Directivo.
Vigencia
La presente resolución entrará en vigencia a los veinte días hábiles siguientes de la fecha de su expedición. La presente resolución se ha publicado el martes 14 de Julio de 2015, y los veinte días hábiles siguientes se cumplen el jueves 13 de Agosto de 2015.
Comentarios
La seguridad jurídica en el ámbito registral se fortalece, con la ampliación del servicio de presentación electrònica de parte notarial con firma digital al otorgamiento de poderes del Registro de Personas Naturales, a través del Sistema de Intermediación Digital-SID Sunarp. Destacamos y felicitamos la Decisión de la ampliación e implementación del servicio en comentario,  que permite ampliar el uso de las firmas y certificados digitales en el ámbito jurídico informático registral. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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