sábado, mayo 26, 2018

El Canal Digital en la Estrategia de Mejor Atención al Ciudadano


En el Perú, por Decreto Supremo N° 055-2018-PCM, publicado el 23 de Mayo de 2018 se han aprobado disposiciones de la Estrategia de Mejor Atención al Ciudadano –MAC- y sus canales de  atención. Por su importancia y actualidad de este importante tema, publicamos esta breve reseña en el presente Blog Académico.
El Canal Digital en la Estrategia de Mejor Atención al Ciudadano
Se entiende por Canal Digital  a la “Plataforma Digital Única de Orientación al Ciudadano, denominada GOB.PE, que está alojada en la base de dominio www.gob.pe, la cual proporciona una experiencia sencilla, consistente e intuitiva sobre información de trámites y servicios, información institucional, servicios públicos digitales, entre otros, que brinda el Estado.
Además del Canal Digital, la norma en comentario reconoce el canal presencial y el canal telefónico.
El Rol de la Secretaría de Gobierno Digital con respecto al Canal Digital
En materia de Canal Digital, la Secretaria de Gobierno Digital, en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Informática, es la encargada de formular los lineamientos técnicos y directivas para la implementación u operación y mantenimiento del canal digital, coordinando con la Secretaria de Gestión Pública según corresponda.
Operación de la Plataforma Digital
La Secretaria de Gobierno Digital y la Secretaria de Gestión Pública establecen mecanismo de coordinación que garanticen la disponibilidad y acceso a la plataforma y la incorporación de contenidos.
De las entidades participantes en los Canales de Atención
 La participación de las entidades en los canales de atención se realiza en condición de Entidad Aliada o Entidad Asociada.
La Entidad Aliada es aquella entidad del gobierno regional, gobierno regional o privada, con la que la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) establece una alianza para la implementación u operación y mantenimiento o ambas, de los canales de atención, a través de la suscripción del Convenio Bilateral respectivo, previa opinión técnica favorables de las Secretarias de Gestión Pública y Gobierno Digital, cuando corresponda.
La Entidad Asociada es aquella entidad de la administración pública o privada que presta servicios  al ciudadano a través de los canales de atención.  


Comentarios
La presente norma busca contribuir al fortalecimiento de la estrategia multicanal y multientidad de integración de trámites, teniendo en cuenta su preponderancia en el proceso de modernización de la gestión pública.  Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce. Doctor en Derecho. Experto en Derecho de las Nuevas Tecnologías y Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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