En el Perú, por Decreto Supremo
N° 055-2018-PCM, publicado el 23 de Mayo de 2018 se han aprobado disposiciones
de la Estrategia de Mejor Atención al Ciudadano –MAC- y sus canales de atención. Por su importancia y actualidad de
este importante tema, publicamos esta breve reseña en el presente Blog
Académico.
El Canal Digital en
la Estrategia de Mejor Atención al Ciudadano
Se entiende por Canal
Digital a la “Plataforma Digital Única
de Orientación al Ciudadano, denominada GOB.PE, que está alojada en la base de
dominio www.gob.pe, la cual proporciona una
experiencia sencilla, consistente e intuitiva sobre información de trámites y
servicios, información institucional, servicios públicos digitales, entre
otros, que brinda el Estado.
Además del Canal Digital, la
norma en comentario reconoce el canal presencial y el canal telefónico.
El Rol de la Secretaría de Gobierno Digital con respecto al Canal
Digital
En materia de Canal Digital, la
Secretaria de Gobierno Digital, en su condición de ente rector del Sistema
Nacional de Informática, es la encargada de formular los lineamientos técnicos
y directivas para la implementación u operación y mantenimiento del canal
digital, coordinando con la Secretaria de Gestión Pública según corresponda.
Operación de la Plataforma Digital
La Secretaria de Gobierno Digital
y la Secretaria de Gestión Pública establecen mecanismo de coordinación que
garanticen la disponibilidad y acceso a la plataforma y la incorporación de
contenidos.
De las entidades participantes en los Canales de Atención
La participación de las entidades en los
canales de atención se realiza en condición de Entidad Aliada o Entidad
Asociada.
La Entidad Aliada es aquella
entidad del gobierno regional, gobierno regional o privada, con la que la
Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) establece una alianza para la
implementación u operación y mantenimiento o ambas, de los canales de atención,
a través de la suscripción del Convenio Bilateral respectivo, previa opinión
técnica favorables de las Secretarias de Gestión Pública y Gobierno Digital,
cuando corresponda.
La Entidad Asociada es aquella
entidad de la administración pública o privada que presta servicios al ciudadano a través de los canales de
atención.
Comentarios
La presente norma busca
contribuir al fortalecimiento de la estrategia multicanal y multientidad de
integración de trámites, teniendo en cuenta su preponderancia en el proceso de
modernización de la gestión pública.
Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce. Doctor en Derecho. Experto en
Derecho de las Nuevas Tecnologías y Derecho Informático. Profesor
Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com
Etiquetas: Derecho Digital, Gestión Pública, Gobierno Electrónico, Proceso Administrativo, Simplificación Administrativa
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