domingo, diciembre 25, 2016

Procedimiento Administrativo Electronico

En el Perú, por Decreto Legislativo 1272, publicado del 21 de Diciembre de 2016, se modifica la Ley de Procedimiento Administrativo General, y se añade diversos artículos referentes al Procedimiento Administrativo Electrónico, por su importancia y actualidad publicamos esta breve reseña en el presente Blog Academico.
Procedimiento Administrativo Electrónico
El Decreto Legislativo 1272 añade las siguientes disposiciones a la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General: "Artículo 29-A.- Procedimiento Administrativo Electrónico
29-A.1 Sin perjuicio del uso de medios físicos tradicionales, el procedimiento administrativo podrá realizarse total o parcialmente a través de tecnologías y medios electrónicos, debiendo constar en un expediente, escrito electrónico, que contenga los documentos presentados por los administrados, por terceros y por otras entidades, así como aquellos documentos remitidos al administrado.

29-A.2 El procedimiento administrativo electrónico deberá respetar todos los principios, derechos y garantías del debido procedimiento previstos en la presente Ley, sin que se afecte el derecho de defensa ni la igualdad de las partes, debiendo prever las medidas pertinentes cuando el administrado no tenga acceso a medios electrónicos.

29-A.3 Los actos administrativos realizados a través del medio electrónico, poseen la misma validez y eficacia jurídica que los actos realizados por medios físicos tradicionales. Las firmas digitales y documentos generados y procesados a través de tecnologías y medios electrónicos, siguiendo los procedimientos definidos por la autoridad administrativa, tendrán la misma validez legal que los documentos manuscritos.
29-A.4 Mediante Decreto Supremo, refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros, se aprueban lineamientos para establecer las condiciones y uso de las tecnologías y medios electrónicos en los procedimientos administrativos, junto a sus requisitos. .”
Comentarios
Esta norma establece que el procedimiento administrativo electrónico respeta los principios, derechos y garantías del debido procedimiento y reconoce el principio de equivalencia funcional de los documentos electrónicos con firmas y certificados digitales contenidos en un expediente electrónico administrativo, lo que coadyuva a su implementacion en las entidades publicas.Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com

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