sábado, diciembre 10, 2016

Régimen Jurídico de prevención y eliminación de Barreras Burocráticas

En el Perú, por Decreto Legislativo Nº 1256 publicado el 08 de Diciembre de 2016, se ha aprobado la Ley de Prevención y eliminación de Barreras Burocráticas y/o carentes de razonabilidad. Por su importancia y actualidad publicamos esta breve reseña en el presente Blog Académico.
Finalidad de la Ley
Su finalidad es supervisar el cumplimiento del marco legal que protege los derechos a la libre iniciativa privada y la libertad de empresa, en beneficio de personas naturales y juridicas, mediante la prevención o la eliminación de barreras burocráticas legales y/o carentes de razonabilidad que restrinjan u obstaculizen el acceso o la permancencia de los agentes económicos en el mercado y/o constituyan incumplimientos de las normas y/o principios que garantizan la simplificación administrativa con el objeto de procurar una eficiente prestación de servicios al ciudadano por parte de las entidades de la administración pública.
Metodologia de Análisis de Barreras Burocráticas
La Comisiòn o Sala, de ser el caso, evalua la legalidad y/o razonabilidad de las barreras burocráticas contenidas en disposiciones admnistrativas en los procedimientos de parte y de oficio, de acuerdo con la metodologia desarrollada. Asimismo, la evaluación de la legalidad y/o de la razonabilidad de las barreras burocráticas materializadas en actos administrativos y actuaciones materiales se efectua tambien de acuerdo a esta metodologia.
La metodologia se subdivide en: Análisis de la Legalidad y en Análisis de la Razonabilidad.
Análisis de la Legalidad.
El análisis de la legalidad de una barrera burocrática implica que la Comisión o Sala, de ser el caso evalùe los siguientes aspectos:
 a) Si existen o no atribuciones conferidas por ley que autoricen a la entidad a establecer o aplicar la barrera burocrática bajo análisis.
b) Si la entidad siguió los procedimientos y/o formalidades que exige el marco legal vigente para la emisión y/o publicación de la disposición administrativa que materializa la barrera burocrática.
c) Si a través de la imposición y/o aplicación de la barrera burocrática se contravienen normas y/o principios de simplificación administrativa o cualquier dispositivo legal.
Si se determina la ilegalidad de la barrera burocrática no es necesario que se continue con el analisis de la razonalidad.
Análisis de la Razonabilidad.
Se realiza el análisis de razonabilidad de una barrera burocratica en los procedimientos iniciados a pedido de parte, siempre que el denunciante presente indicios suficientes respecto a la carencia de razonabilidad de la misma en la denuncia y hasta que se emita la resolución que resuelve la admisión  a trámite de ésta. Los indicios deben estar dirigidos a sustentar que la barrera burocrática califica en alguno de los siguientes supuestos: a) Medida arbitraria: es una medida que carece de fundamentos y/o justificación, o que teniendo una justificación no resulta adecuada o idónea para alcanzar el objetivo de la medida. b) Medida desproporcionada: es una medida que resulta excesiva en relación con sus fines y/o respecto de la cual existe otra u otras medidas alternativas que puedan lograr el mismo objetivo de manera menos gravosa.
Comentarios
Para efectos de esta Ley debe tenerse en cuenta que cuando se menciona "la Comisión" se está refiriendo a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI y cuando se menciona "la Sala" se está refieriendo a la Sala competente del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual de INDECOPI. La simplificación administrativa, la sistematización juridica y el Gobierno Electrónico son temas relacionados. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com

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