viernes, septiembre 25, 2015

Integración de Servicios y Procedimientos del Estado bajo modalidades presenciales y virtuales

En el Perú, por Decreto Legislativo Nº 1211 publicado el 24 de Setiembre de 2015, se establece el marco normativo que promueve la integración de los servicios y procedimientos del Estado, bajo las modalidades presenciales y virtuales. Por su actualidad e importancia publicamos esta breve reseña en el presente Blog Académico.
Objeto 
Establece el marco normativo que promueve la integración de los servicios y procedimientos del Estado, bajo las modalidades presenciales y virtuales, a través del diseño, desarrollo e implementación de ventanillas únicas y el intercambio de información entre entidades publicas, facilitando el comercio, el desarrollo productivo y eliminando las regulaciones excesivas. 
Intercambio de Información entre Entidades
Todas las entidades publicas están obligadas a compartir la información que sea necesaria y requerida por otra Entidad para la prestación de sus servicios y la atención de los procedimientos administrativos que desarrollan, considerando las normas que regulan a transparencia y el acceso a la información publica.
Ventanillas Únicas
Las Ventanillas Únicas son los espacios implementados por las entidades publicas para la atención de los servicios y procedimientos administrativos integrados en cadenas de tramites a través de un punto único de contacto, privilegiando el uso de medios electrónicos.
Se entiende por Cadenas de Tramites la secuencia de procedimientos en función de sus requisitos que tienen por objetivo final la emisión de un pronunciamiento que recae sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados y que deben realizarse en mas de una entidad para su culminación.
Catalogo  Nacional de Servicios de Información
El Catalogo  Nacional de Servicios de Información es el listado de Servicios de Información con sus correspondientes condiciones de uso, que son proporcionadas por las entidades publicas y disponibles para las entidades que lo requieran. Su desarrollo y administración esta a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Comentarios
La norma en comentario entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de su reglamento y su implementación es gradual. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático. Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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