lunes, octubre 22, 2012

Modifican normas sobre firmas digitales y sistemas de cómputo

En el Perú, por Decreto Supremo Nº 105-2012-PCM, publicado el domingo 21 de Octubre de 2012,  se han modificado artículos del Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por D.S. 052-2008-PCM. Entre estas modificaciones, mencionamos las siguientes:
Conservación de Documentos Electrónicos
"La firma digital vinculada a un certificado digital generada bajo la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica no requiere mecanismos adicionales para conservar dicho documento a salvo de adulteraciones y asegurar el cumplimiento del principio de equivalencia funcional y la integridad del contenido del documento electrónico" 
Plan de implementación
Las entidades de la administración pública deberán elaborar y presentar ante el ONGEI un plan para implementar los procedimientos y trámites administrativos por medios electrónicos seguros.
Acreditación de software que requiere el uso de firma digital
"Para la prestación electrónica de los servicios por parte del Estado que requieran el uso de la firma digital de los funcionarios y/o de los administrados , corresponde a las entidades públicas la acreditación del software que crea la firma digital del funcionario conforme el reglamento. Dicho software verificará además que la firma digital del administrado esté asociada a un certificado digital emitido dentro de la IOFE. En ningún caso los administrados a los que están destinados los servicios que requieran firma digital están obligados a acreditar el software de firma digital que utilicen".
Certificados de firmas digitales para la utilización de servicios de Gobierno Electrónico
  "Para la utilización electrónica de servicios brindados por el Estado en los que la entidad pública requiera firma digital, excepcionalmente, en tanto  no se haya acreditado ante el INDECOPI o no cuente con reconocmiento oficial del INDECOPI, al menos una entidad prestadora de servicios de certificación las personas naturales podrán utilizar certificados digitales de proveedores que cuenten con la certificación Internacional Web Trust".
Equipo Técnico de Trabajo
La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Competitividad , convocará un equipo técnico de trabajo, liderado por el ONGEI para diseñar una propuesta para el fortalecmiento de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica (IOFE) y la implementación progresiva de la firma digital en el sector público y privado.
Contratación de bienes y servicios de sistemas de cómputo con carácter secreto
Por Decreto Supremo Nº 205-2012-EF, publicado el domingo 21 de Octubre de 2012,  se establece que la exoneración del proceso de selección respectivo, conforme el artículo 130 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, con respecto a las contrataciones con carácter de secreto, secreto militar o de orden interno, se encuentra limitada a las contrataciones referidas a los bienes y servicios y obras, que se describen expresamente en este dispositivo, entre las que mencionamos la siguiente: "sistemas de cómputo componentes de los sistemas de armas, equipo, material y sistemas de comunicación electrónica, equipos y sistemas de inteligencia electrónica que, por su naturaleza, sean exlusivamente de uso militar, policial o para la seguridad nacional".
Comentarios
Desde este Blog Académico, publicamos una breve reseña de estos dispositivos, por considerarlos de importancia. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático, Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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