La Constitución del Ciberespacio y el Dr. Emilio Suñé
"Nosotros, habitantes de este metaespacio que es el ciberespacio, ... proclamamos la necesidad de establecer un orden de convivencia justo, que impida el tan infrahumano e inmoral, como constante,predominio de los fuertes sobre los débiles.
A partir de nuestro poder constituyente originario y apoyados en la autoridad de la aristocracia del conocimiento, establecemos una entidad política ciberespacial, denominada Telecivitas, soberana en todas aquellas materias, presentes o futuras, que sean característicamente ciberespaciales y legítima por el cumplimiento del propósito de dar la más plena eficacia jurídica a los Derechos Humanos en el Ciberespacio, expresados en la Declaración de Derechos del Ciberespacio y avanzar hacia una sociedad del conocimiento con rostro humano, que eleve no sólo el bienestar material, sino también y sobre todo la dignidad moral de la persona humana.
Por todo lo anterior, estatuimos un orden de convivencia ciberespacial justo, a través de la Declaración de Derechos del Ciberespacio y la presente constitución"
La Propuesta de la Constitución del Ciberespacio.
"Artículo 1. Constitución del Ciberespacio. El ciberespacio, como metaespacio que es, se constituye en una entidad aterritorial, denominada Telecivitas, cuya población somos todos los habitantes de la tierra y cuya soberanía se extiende a todas aquellas materias que sean característicamente ciberespaciales".
"Artículo 2. Declaración de Derechos del Ciberespacio. Todos los habitantes del ciberespacio gozan de los derechos fundamentales establecidos en la Declaración de Derechos del Ciberespacio, de 6 de octubre de 2008, que se incorpora como Anexo a la presente Constitución del Ciberespacio y participa del rango normativo supremo de esta Constitución".
Artículo 3. Constitución de la Telecivitas. 1. La población de la Telecivitas son todos los habitantes de la tierra, si bien la ciudadanía ciberespacial y el consiguiente ejercicio de los derechos políticos, se reserva a las personas que residan habitualmente, con carácter legal, en Territorios Libres y, en consecuencia, estén en condiciones de ejercer su ciudadanía ciberespacial, sin interferencias de poderes territoriales no comprometidos con la libertad en el
ciberespacio.."
Etiquetas: Ciberespacio, Constitución, Etica Politica, Sociedad de la Información
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