En el presente mes de Enero de 2008, se ha iniciado el uso del sistema digital de planillas electrónicas, conforme la legislación informática laboral peruana. Para efectos de su implementación por Resolución Ministerial 020-2008-TR del 17 de Enero de 2008, se han dictado las normas complementarias para el uso de las Planillas electrónicas. Esta norma complementa las disposiciones emitidas al respecto, por el Decreto Supremo 018-2007-TR del 28 de Agosto de 2007 donde se estableció la obligación de llevar Planilla Electrónica y presentarla al Ministerio de Trabajo por los empleadores que cuenten con más de tres trabajadores, estén obligados a efectuar retenciones de renta de cuarta o quinta categoría, tengan pensionistas, o presten servicios de personal a terceros.
Normas Complementarias para el uso de planillas Electrónicas
La Resolución Ministerial 020-2008-TR ha establecido normas complementarias para el uso de planillas electrónicas referentes a: boleta de pago, cierre de planillas electrónicas, rectificación o sustitución de la información en la planilla electrónica.
La remuneraciones e ingresos declarados en la planilla deben ser los efectivamente pagados al trabajador.
Encargo de Gestión a la SUNAT en la recepción de planillas electrónicas
Se ha encargado por D.S. 018-2007-TR a la SUNAT la gestión recibir las planillas electrónicas que presenten los empleadores, utilizando la institución de encargo de gestión prevista en la Ley de Procedmiento Administrativo General, debido a que esta Entidad cuenta con la infraestructura informática necesaria para garantizar la seguridad y confidencialidad de la información laboral contenida en la planilla. Una vez efectuado el envio de la planilla electrónica a la SUNAT, esta entidad pondrá a disposición esta documentación al Ministerio de Trabajo y Promoción Social.
Beneficios del sistema digital de planillas electrónicas
Gracias al uso de este tipo de planillas, ya no habrá situaciones de pérdidas de planillas que originaron serios problemas en el reclamo de los derechos laborales y de seguridad social, problemas que afectaron el reconocimiento de pensiones.
El uso de las planillas electrónicas ofrecerá múltiples beneficios tanto para los empleadores como para los trabajadores, pero fundamentalmente salvaguardará los derechos laborales de los trabajadores.
La información acerca del personal constituirá una gran base de datos que permitirá que el Ministerio de Trabajo y la Sunat realicen un cruce de información para agilizar la fiscalización laboral y tributaria.
Los empleadores ya no deberán pagar por cada libro u hoja de la planilla que necesite ser autorizada y esperar un promedio de seis días. Ahora el registro es automático, gratuito y desde una computadora conectada a Internet. Se verán beneficiados con el uso de las planillas electrónicas porque se eliminará el trámite de autorización de planillas en los términos convencionales.
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Desde este Blog Académico saludamos el inicio de la implementación y uso del sistema digital de planillas electrónicas , conforme la legislación informática laboral peruana.
Etiquetas: Legislación Informática
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