viernes, mayo 17, 2013

Suministro de Información Nutricional y la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable

En el Perú, se ha aprobado la Ley Nº 30021, publicada el viernes 17 de Mayo de 2013, titulada: "Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas y adolescentes". Dada la importancia de los temas tratados relacionados con la información nutricional e internet, hemos considerado importante tratarla en el presente Blog Académico.
Observatorio de Nutrición
Se declara de interés la creación del Observatorio de Nutrición y de Estudio del Sobrepeso y Obesidad a cargo del Ministerio de Salud, como herramienta de monitoreo que permita suministrar información y hacer el análisis periódico de la situación nutricional de la población infantil y de la evolución de la tasa de sobrepeso y obesidad en niños, niñas y adolescentes y cuantificar sus efectos. El Observatorio suministra información a todas las entidades que lo soliciten y la difunde a través de los medios de comunicación masiva , incluido Internet, a nivel nacional.
Promoción de la educación nutricional
El Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación difunden y promociona en los medios de comunicación masiva, incluido Internet las ventajas de la alimentación saludable y el consumo de alimentos naturales con alto contenido nutricional. Asimismo, el Ministerio de Educación debe promover la enseñanza de la alimentación saludable en el diseño curricular nacional de educación básica regular y de la educación no escolarizada, programas de promoción de hábitos  que contribuyan a mejorar los niveles de nutrición.
Principio de veracidad publicitaria nutricional
Los mensaje publicitarios nutricionales deben ser claros, objetivos y pertinentes, teniendo en cuenta que el público infantil y adolescente no tiene la capacidad ni la experiencia suficiente para valorar o interpretar debidamente la naturaleza de dichos mensajes. Las imágenes, diálogos y sonidos que se utilicen en la publicidad de los alimentos y bebidas deben ser precisos en cuánto a las características del producto y a cualquier atributo que se pretenda destacar, así como su sabor, color, tamaño, contenido, peso, sus propiedades nutricionales, de salud u otros.
Día de Internet y la Información Nutricional
El 17 de mayo de celebra el Día de Internet, justamente la fecha de publicación de la norma en comentario. Esta coincidencia debe reforzar la relación entre información nutricional e internet. Consideramos que la educación virtual nutricional debe incrementarse y ser accesible a distintas personas que en sus diversos roles puedan aplicar la información nutricional para una alimentación saludable. El ciberespacio es un medio idóneo para difundir información nutricional adecuada y adaptada a nuestra realidad nacional. La Sociedad de la Información también requiere información nutricional adecuada en medio digital.
Las Universidades , los Colegios Profesionales, Centros Educativos y la Información Nutricional
Consideramos que las universidades , los colegios profesionales y centros educativos deben promover la promoción y difusión de la educación nutricional que tenga como objetivo la alimentación saludable. Se define como alimentación saludable: "aquella alimentación variada, preferentemente en estado natural o con procesamiento mínimo, que aporta energía y todos los nutrientes esenciales que cada persona necesita para mantenerse sana, permitiéndole tener una mejor calidad de vida en todas las edades".
Comentarios
Otros temas regulados en la norma en comentario, además de los mencionados son los siguientes: objeto de la norma, ámbito de aplicación, glosario, los ambientes y la promoción de una alimentación saludable, la promoción del deporte y la actividad física, publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas, advertencias publicitarias, fiscalización y sanción, reglamentación de parámetros técnicos, plazo de implementación de sesenta días calendario. Cordialmente, Dr. Julio Nuñez Ponce, Experto en Derecho Informático, Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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