miércoles, mayo 15, 2013

Reglamento de la Ley de Dinero Electrónico como Instrumento de Inclusión Financiera

En el Perú, por Decreto Supremo Nº 090-2013-EF , publicado el martes 14 de Mayo de 2013, se ha aprobado el Reglamento de la Ley Nº 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.
Precisión en la definición de Dinero electrónico
"Se considera dinero electrónico, el valor monetario almacenado en soportes electrónicos diseñados para atender usos generales y no aquellos para usos específicos, tales como tarjeta de compra, tarjetas de telefonía, tarjetas de socio, tarjetas de transporte público, vales de alimentación, vales de servicios y otros similares".
Emisión propiamente dicha de dinero electrónico
La emisión propiamente dicha de dinero electrónico, es la conversión de dinero a dinero electrónico, por el mismo valor que se recibe, a través de su almacenamiento en un soporte electrónico, siendo esta función exclusiva del emisor de dinero electrónico.
Emisores de dinero electrónico y reconversión a efectivo
El titular de dinero electrónico puede solicitar la reconversión a efectivo del valor monetario que disponga a su valor nominal, de manera total o parcial. El contrato que celebren el emisor de dinero electrónico y el titular de dinero electrónico  estipulará clara y expresamente la condiciones de reconversión a efectivo, las cuales deben ser informadas al titular de dinero electrónico.
Transparencia
Los emisores de dinero electrónico deberá adoptar las medidas necesarias para informar adecuadamente acerca de las características de las operaciones que realizan, así como las comisiones y gastos aplicables. Asimismo, podrán considerar el uso del idioma utilizado en la zona que se presta el servicio. La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS)  emitirá las normas complementarias que resulten necesarias sobre transparencia de información y contratación con usuarios aplicables a las empresas emisoras de dinero electrónico.
Comentarios
El reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 090-2013-EF tiene doce artículos, donde además de los temas mencionados se regula: las cuentas de dinero electrónico; las condiciones y restricciones aplicables a las cuentas de dinero electrónico; los cajeros responsables; cuentas operativas de dinero electrónico; Liquidez; responsabilidad y reclamos; sanciones; servicios financieros. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático, Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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