jueves, diciembre 06, 2012

Diplomacia Digital en el Perú

Navegando en Internet, hemos accesado a la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, donde hemos encontrado información relativa a la Diplomacia Digital o Diplomacia 2.0. Por la importancia y actualidad de esta información, consideramos importante divulgarla en el presente Blog Académico. Para mayor información al respecto, se puede accesar al siguiente enlace: http://www.rree.gob.pe 
Diplomacia 2.0 o Diplomacia Digital
En la página web citada se afirma:"Los gobiernos buscan utilizar las “nuevas tecnologías de la información” para la promoción de sus políticas exteriores, sus estrategias y sus puntos de vista. La Diplomacia 2.0 o Diplomacia Digital puede ser entendida como una herramienta de información y comunicación para las embajadas y consulados (como así también para la Cancillería), en donde el diplomático puede utilizar las redes sociales, blogs, wikis y otros para obtener resultados y cumplir con su misión institucional".
De este modo, adaptándose  a las tendencias innovadoras, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú viene desarrollando una estrategia de diplomacia digital o Diplomacia 2.0 que involucra el aprovechamiento de las redes sociales virtuales.
Información en la Página Web
En la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, podemos encontrar, entre otra,  la siguiente información: Organización del Ministerio de Relaciones Exteriores. Política Exterior. Temas Internacionales, como por ejemplo: Asistencia; Cambio Climático; Ciencia, Tecnología, Innovación; Promoción Económica, Seguridad; Cooperación Internacional; Sociedad de la Información; Mujer y Equidad; Derechos Humanos; Medio Ambiente, entre otros. Directorios. Diplomacia Digital. Prensa: Delimitación Marítima. Próximos Eventos. VI Cumbre UNASUR-Documentos. Servicios al Ciudadano: Apostillas y Legalizaciones; Registros Civiles Consulares; Tarjetas ABTC; Exhortos Judiciales.
Información de Actualidad
Hemos podido encontrar en Internet, la intervención del Agente Peruano, Embajador Allan Wagner Tizón ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya el lunes 03 de Diciembre de 2012, en el caso del Diferendo Marítimo entre el Perú y Chile. Citamos parte de su intervención por considerarla de interés: "Este caso es de la mayor importancia para el Gobierno y para el pueblo del Perú. Están en juego los títulos jurídicos fundamentales que el derecho internacional reconoce a un Estado ribereño, como el Perú, sobre las zonas marítimas adyacentes a sus costas y la delimitación del límite marítimo con Chile de tal forma que produzca una solución equitativa".
" El caso del Perú ante esta Corte es que el límite marítimo entre el Perú y Chile nunca ha sido delimitado y que, frente a la ausencia de dicha delimitación, corresponde que su Corte determine dicho límite. Contrario a los argumentos presentados por Chile, no existe ningún tratado ni ningún otro acuerdo que fije el límite marítimo entre el Perú y Chile. De hecho, lo que resulta sorprendente de la argumentación de nuestros oponentes es que Chile no ha demostrado dónde y cuándo se fijó el límite marítimo que asevera fue establecido"
"Según será explicado por los abogados del Perú, la Declaración de Santiago de 1952 no tiene nada que ver con los límites laterales. Se refería a la extensión de 200 millas de las zonas marítimas de los tres Estados (Perú, Chile, Ecuador) frente a las prácticas depredadoras de pesca y caza de ballenas por flotas extranjeras".
 Sin perjuicio de ello, Chile afirma que, en el punto IV de la Declaración de Santiago, las partes delimitaron su límite marítimo. Sin embargo, el punto IV sólo se refiere a los derechos marítimos de las islas. El punto IV no delimitó los límites marítimos entre el Perú y Chile o entre el Perú y el Ecuador; simplemente señaló  que en el caso que existieran islas dentro de las 200 millas marinas de la zona marítima general de otro de los Estados signatarios... Esta situación existe sólo en las inmediaciones de Perú y Ecuador dada la existencia de islas en sus costas. Y aún con respecto a la situación entre el Perú y Ecuador, su límite no fue delimitado por la Declaración de Santiago, la cual sólo estableció un principio general a ser eventualmente aplicado en el caso de las islas; éste se delimitó mediante un acuerdo específico celebrado por un Intercambio de Notas en mayo de 2011".
Para mayor información sobre la posición peruana, puede accesarse a: http://www.perulahaya.pe  
Comentarios
La Diplomacia Digital y la Diplomacia 2.0 consideramos que tiene gran importancia en el desarollo de la Sociedad de la Información, su puesta en práctica debe estar en concordancia con el Derecho Internacional, el Derecho Informático, la Informática Jurídica. Felicitamos a la Cancillería por el avance, desarrollo y aplicación efectuada en torno a la Diplomacia Digital. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático, Profesor Universitario. Email: julionunezponce@gmail.com 

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