jueves, septiembre 27, 2012

Regulación de bloqueadores de señales radioelectricas en centros penitenciarios

En el Perú, por Decreto Supremo Nº 012-2012-MTC, publicado el jueves 27 de Setiembre de 2012, se regula el uso de los equipos bloqueadores o inhibidores de señales radioeléctricas en los establecimientos penitenciarios y en los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación, estableciéndo el derecho de las personas de usar y prestar servicios de telecomunicaciones en los exteriores de estos establecimientos.
Equipos Bloqueadores y Derechos de las Personas
El artículo 2º de la norma en comentario establece: "Los equipos bloqueadores o inhibidores de señales radioeléctricas a ser instalados y operados dentro del perímetro de los establecimientos penitenciarios que conforman el Sistema Nacional Penitenciario y de los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación, no deben afectar el derecho de toda persona a usar y prestar servicios de telecomunicaciones en los exteriores de estos establecimientos".
Base Legal
La Base Legal citada para la dación de esta norma es la siguiente: a) El Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, que en sus artículos 3º y 87º, respectivamente establecen el derecho que tiene toda persona de usar y prestar servicios de telecomunicaciones en la forma señalada y prevé como infracción la producción deliberada de interferencias perjudiciales. b) La Ley 29867, que modifica el Código Penal incorporando delitos relativos a la seguridad informática en centros de detención o reclusión. c) El Reglamento del Código de Ejecución Penal que prohibe expresamente a los internos de establecmientos penintenciarios el uso de servicios de telecomunicaciones que permitan la transmisión de voz y/o datos, distintos alos teléfonos públicos y locutorios implementados por la administración penitenciaria. d) La Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial que aprueba la Directiva sobre Seguridad Integral en los Centros Juveniles de sistema cerrado, que prohíbe la comercialización, ingreso y posesión de celulares en dichos centros.
Comentarios
La norma en comentario establece procedimientos de coordinación entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Poder Judicial, en el marco de cooperación interinstitucional, para los fines y materias reguladas en este dispositivo. Por considerar de intéres esta norma en el ámbito de la seguridad informática y de los servicios de telecomunicaciones publicamos esta información en este Blog Academico.

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2 Comentarios:

Blogger SEO dijo...

Buen articulo, la funcion de los Bloqueadores de Señales es que las personas en un lugar especifico no puedan usar el celular.

5:02 p.m.  
Blogger SEO dijo...

Los bloqueadores de señal también son denominados inhibidores de señal son un dispositivo electrónico que impide o dificulta las transmisiones radioeléctricas en un determinado rango de frecuencias mediante la emisión de una señal de mayor potencia que la del emisor que quiere transmitir. Se compone básicamente de un generador de señal y un transmisor.

2:57 p.m.  

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