En el Perú, por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 223-2011-P-PJ publicado el 14 de Junio de 2011 se ha designado el personal responsable del Sistema Virtual del Libro de Reclamaciones de las diferentes dependencias del Poder Judicial a nivel nacional.
Sistema Virtual de Libro de Reclamaciones
Por Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM del 06 de Mayo de 2011, se estableció la obligatoriedad de las Entidades Públicas de contar con un Libro de Reclamaciones, pudiendo ser físico o virtual, teniendo que estar en ubicación visible, de tal modo que los ciudadanos puedan registrar sus reclamos, entendiendo a éstos como las expresiones de insatisfacción ante un mal servicio o disconformidad con respecto a una mala atención.
Para la implementación del Sistema Virtual de Libro de Reclamaciones en el Poder Judicial, ha sido necesario designar responsables de la administración del sistema virtual; lo que en efecto se ha hecho con la norma en comentario.
Comentarios
Felicitamos al Poder Judicial la implementación del Sistema Virtual del Libro de Reclamaciones a nivel nacional.
Etiquetas: Justicia Digital, Proteccion al Consumidor, Reclamo Virtual
1 Comentarios:
muy buen blog,es muy informativo
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