Inventario de software para uso de dependencias públicas y destrucción de copias sin licencia
El Acuerdo de Promoción Comercial Perú-Estados Unidos establece que es necesario que el Estado Peruano dicte las medidas que regulen la adquisición y gestión de los programas de computación (software) autorizados por el titular del derecho, para usos de las dependencias gubernamentales.
Luego de definirse los plazos para el uso adecuado del software por la administración pública y mejorar los niveles de uso de software legal en todos los estamentos del Estado, de acuerdo a los informes de seguimiento realizados por la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia del Consejo de Ministros, se hace necesario adoptar acciones conducentes a garantizar su efectiva aplicación e implementación, y generar el marco adecuado para la reforma y modernización del Estado Peruano otorgando un plazo adicional al 31 de octubre del 2008.
Norma que dispone inventario de software y destrucción de copias sin licencia.
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Etiquetas: Derecho de Autor, Software
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