miércoles, agosto 13, 2008

Inventario de software para uso de dependencias públicas y destrucción de copias sin licencia

En el Perú por Decreto Supremo N° 053-2008-PCM publicado el sábado 9 de Agosto de 2008 se han publicado normas que regulan y dan plazos referentes a inventariar programas de computación (software), para uso de las dependencias gubernamentales y para la destrucción de copias sin licencias .
Fundamentación
El Acuerdo de Promoción Comercial Perú-Estados Unidos establece que es necesario que el Estado Peruano dicte las medidas que regulen la adquisición y gestión de los programas de computación (software) autorizados por el titular del derecho, para usos de las dependencias gubernamentales.
Luego de definirse los plazos para el uso adecuado del software por la administración pública y mejorar los niveles de uso de software legal en todos los estamentos del Estado, de acuerdo a los informes de seguimiento realizados por la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia del Consejo de Ministros, se hace necesario adoptar acciones conducentes a garantizar su efectiva aplicación e implementación, y generar el marco adecuado para la reforma y modernización del Estado Peruano otorgando un plazo adicional al 31 de octubre del 2008.
Norma que dispone inventario de software y destrucción de copias sin licencia.
El D.S. 053-2008-PCM modifica el artículo 4° del Decreto Supremo N°013-2003-PCM en los términos siguientes: “En un plazo que no excederá del 31 de Octubre de 2008, las entidades y dependencias comprendidas en la presente norma deberán inventariar los software con que cuenten, procediendo a la eliminación de aquéllos que no cuenten con la respectiva licencia, en tanto se requiera dicha licencia, o a la correspondiente regularización con los titulares de derechos sobre los mismos. Copia de dicho inventario será remitida a la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia del Consejo de Ministros”.
Comentarios
Por la relevancia e importancia de la norma hemos considerado necesario publicarla en el presente Blog Académico.

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