En el Perú, mediante Decreto Legislativo Nº 1152, publicado el martes 11 de Diciembre de 2012, se ha promulgado la Ley que aprueba la Modernización de la Función Criminalística Policial y señala normas sobre el Laboratorio Forense Digital y el Uso de la Tecnología de Información y Comunicaciones.
Modernización de la Función Criminalística Policial
"El Ministerio del Interior, a través de la Policía Nacional del Perú, implementará un programa de modernización de la función criminalística policial, dotándola de infraestructura, equipamiento, tecnología, procedimientos técnicos y científicos, así como de personal altamente calificado, con el objeto de lograr una eficiente y eficaz producción en la labor pericial criminalística, que coadyuve al cumplimiento de los fines de la investigación y mejore el apoyo al sistema de administración de justicia".
Laboratorio Forense Digital
El artículo 5º, de la norma en comentario, establece: "Creáse el Laboratorio Forense Digital de la Policía Nacional del Perú, que estará encargado de emitir peritajes de acústica forense, telefonía forense y cómputo forense a solicitud del Ministerio Público o del Poder Judicial...". El Laboratorio Forense Digital se encuentra en el ámbito de la Dirección Ejecutiva de Criminalística de la Policía Nacional del Perú.
Uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones
En la Primera Disposición Complementaria Final, de la norma en comentario, se dispone que: " En el marco del fortalecimiento institucional de la Policía Nacional del Perú, se potenciará la especialidad del personal de armas en tecnologías de la información y Telecomunicaciones".
Asimismo, en la misma disposición se norma que : "La Policía Nacional del Perú, conjuntamente con el Ministerio Público, combatirá la criminalidad organizada, mediante uso de mecanismos tecnológicos, para lo cual, en cumplimiento de un mandato judicial, las concesionarias o entidades a cargo de los servicios públicos de telecomunicaciones brindarán acceso directo, seguro y permanente, las 24 horas del día, a través de consultas en línea , especialmente a los registros de ingreso y desactivación de números en el sistema. Los concesionarios están obligados a guardar la información antes aludida por un periodo no menor a tres años".
Comentarios
Las normas aplicables a la función criminalística y al Laboratorio Forense Digital, consideramos que tienen importancia y actualidad en el ámbito del Derecho Informático. Cordialmente, Dr. Julio Núñez Ponce, Experto en Derecho Informático, Profesor Universitario. Email; julionunezponce@gmail.com
Etiquetas: Delitos Informáticos, Evidencia Digital, Informática Forense, Policía Informática, Política Digital, Servicios de Telecomunicaciones, Tecnología, Telecomunicaciones
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