martes, agosto 19, 2008

Notificaciones Electrónicas en el Poder Judicial Peruano

Por Resolución Administrativa Nº 214-2008-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Peruano, publicado el viernes 15 de Agosto de 2008, se ha instaurado el Servicio de Notificaciones Electrónicas en el Poder Judicial. Estableciéndose su implementación progresiva a nivel nacional.
Fundamentación
Es propósito del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Peruano, el coadyuvar a la mejor organización, métodos y procesos utilizados en las actividades operativas componentes del servicio de justicia, utilizando para el logro de tales fines la nueva tecnología de información acorde con elacelerado cambio que plantea la ciencia jurídica.
El artículo 157º del texto Unico Ordenado del Código Procesal Civil, dispone que la notificación de todas las resoluciones judiciales, en todas las instancias, y aún en la Corte Suprema, se realiza por cédula, precisándose en el artículo 163 del mismo cuerpo legal, que salvo el traslado de la demanda o de la reconvención, citaciones para absolver posiciones y la sentencia, las otras resoluciones pueden, a pedido de parte, ser notificadas además, por telegrama, fascímil, correo electrónico u otro medio idóneo, siempre que los mismos permitan confirmar su recepción.
Aunado a ello, el artículo 26º de la Ley 27584, modificado por El Decreto Legislativo Nº 1067, prevé que las notificaciones que se dicten el proceso contencioso administrativo se efectuarán mediante sistemas de comunicación electrónica o telemática, tales como el correo electrónico, internet u otro medio idóneo que permita confirmar fehacientemente su recepción; con las excepciones que precisa la misma norma.
Comentarios
Esta norma viabiliza la implementación del sistema de notificaciones electrónicas en el Poder Judicial. Desde este Blog Académico creemos importante esta decisión tomada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Para cualquier comentario o comuicación en torno a la notificaciones lectrónicas, gobierno electrónico o firma electrónica, pueden escribir a la siguiente dirección electrónica: julionunezponce@gmail.com


Etiquetas: , ,

0 Comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Comentarios de la entrada [Atom]

<< Página Principal

contador de visitas
contador visitas